La Audiencia excluye el delito de terrorismo de su condena a 24 miembros de Jarrai
La Secci¨®n Cuarta desmonta las tesis de Garz¨®n y afirma que ETA s¨®lo son sus 'comandos'
La Secci¨®n Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional conden¨® ayer a 24 miembros de las organizaciones juveniles del entorno de ETA Jarrai, Haika y Segi a penas que oscilan entre los tres a?os y seis meses -los dirigentes-y los dos a?os y seis meses- los simples integrantes- como autores de un delito de asociaci¨®n il¨ªcita, y absolvi¨® a otros cuatro. El tribunal no conden¨® por delito de pertenencia a la organizaci¨®n terrorista ETA, como ped¨ªan el fiscal y la Asociaci¨®n de V¨ªctimas del Terrorismo, y se?al¨® que las organizaciones sat¨¦lites de ETA no forman parte de la banda terrorista.
La sentencia supone un fuerte varapalo a las tesis del juez Baltasar Garz¨®n, que de acuerdo con la documentaci¨®n incautada a ETA, se?alaba que Jarrai y las organizaciones juveniles que le sucedieron, Haika y Segi, forman parte del frente de masas de la banda terrorista y est¨¢n subordinadas a la direcci¨®n de ETA.
La sentencia ser¨¢ recurrida pero, mientras tanto, compromete el futuro de los macrojuicios pendientes en la Audiencia Nacional contra otras estructuras de la izquierda abertzale, como Ekin, Xaki, Gestoras Pro Amnist¨ªa, Askatasuna, Batasuna, Udalbiltza o las Herriko tabernas.
Fuentes del tribunal sin embargo, se?alaban ayer que la sentencia no tendr¨ªa por qu¨¦ afectar a los otros casos pendientes.
Los magistrados F¨¦lix Alfonso Guevara, Carlos Ollero y Santiago Pedraz se?alan en su sentencia que Jarrai es una organizaci¨®n complementaria a ETA, pero aseguran que no se trata de una organizaci¨®n terrorista -equiparada en el C¨®digo Penal a banda armada- porque no utilizan armas.
"Naturaleza ilegal"
Para los magistrados, las citadas organizaciones juveniles tienen una "naturaleza ilegal", puesto que "bajo una apariencia de actividades en el ¨¢mbito social juvenil desde la perspectiva de una ideolog¨ªa nacionalista y de izquierdas", tienen como finalidad desde su origen "la realizaci¨®n de actos que, atentan a bienes patrimoniales o a bienes eminentemente personales, como la libertad y la seguridad, por medio de actuaciones delictivas". Por ello,
en cuanto asociaciones il¨ªcitas, los jueces ordenan la disoluci¨®n de Jarrai, Haika y Segi.
Como consecuencia del argumento de la sentencia de que no existe banda terrorista si el grupo no utiliza armas, la sentencia establece que el Movimiento Nacional de Liberaci¨®n Vasco (MNLV) no es ETA, como ya expuso el propio Pedraz -en la actualidad juez del Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 1- en el caso contra el etarra Jos¨¦ Ignacio de Juana Chaos en el que rechaz¨® su procesamiento.
El fiscal ped¨ªa 10 a?os de prisi¨®n para cada uno de los imputados por pertenencia a banda terrorista, pero la sentencia condena a 16 de ellos a tres a?os y seis meses de prisi¨®n, en calidad de dirigentes de una asociaci¨®n il¨ªcita, y a otros ocho, a dos a?os y seis meses de c¨¢rcel por el mismo delito, pero sin la cualificaci¨®n de ser directores del grupo.
No obstante, ninguno de ellos ingresar¨¢ en prisi¨®n, puesto que la mayor¨ªa pas¨® m¨¢s de tres a?os en prisi¨®n preventiva.
Los condenados como dirigentes son: Olatz Da?obeitia, Ugaitz Elizaran, Olatz Carro, Ibon Me?ica, Igor Ortega, Amaia Arrieta, Garatzi Viteri, Garikotiz Echevarria, Egoitz Lopez De La Calle, Aiboa Casares, Iker Frade, Unai Gonzalez, Asier I?igo, David Lizarralde, Asier Ochoa y Jon Markel Ormazabal.
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