La defensa de una inmigrante boliviana alega en su favor su expulsi¨®n policial
El abogado recurre la denegaci¨®n de regularizaci¨®n de la joven
El abogado de Gabriela Queteguari, la inmigrante boliviana expulsada irregularmente de Espa?a y cuyo regreso a cargo del Estado orden¨® una juez, alega en favor de la regularizaci¨®n de la joven precisamente el expediente policial que la devolvi¨® a su pa¨ªs. As¨ª lo recoge en el recurso de reposici¨®n que present¨® ayer ante la Subdelegaci¨®n de Guip¨²zcoa, que le ha denegado el permiso de trabajo y residencia.
Queteguari recibi¨® la denegaci¨®n la pasada semana. La Subdelegaci¨®n rechazaba su regularizaci¨®n alegando que hab¨ªa presentado "un documento distinto" de los previstos en la resoluci¨®n gubernamental del pasado 14 de abril que regulaba el empadronamiento por omisi¨®n, publicada por el Bolet¨ªn Oficial del Estado dos d¨ªas despu¨¦s, y en las aclaraciones a la misma emitidas el 20 de abril. Y a?ad¨ªa que no acreditaba, por tanto, que estuviese empadronada en territorio espa?ol antes del 8 de agosto de 2004, como exig¨ªa el Ejecutivo.
El abogado de Queteguari, I?aki Almandoz, recurri¨® ayer la resoluci¨®n de la Subdelegaci¨®n. En su apelaci¨®n explica que la joven solicit¨® el pasado mayo el permiso de trabajo y residencia. Para ello adjunt¨® la documentaci¨®n requerida y el certificado de empadronamiento por omisi¨®n expedido por el Ayuntamiento de Hondarribia, que se bas¨®, entre otros justificantes, en el expediente de expulsi¨®n de la joven abierto por la Comisar¨ªa de Ir¨²n.
Almandoz considera que este expediente constituye "la m¨¢s completa y evidente prueba" de que Queteguari se hallaba en Espa?a desde abril de 2004. La polic¨ªa lo inco¨® en septiembre, por lo que "era evidente" que la joven hab¨ªa rebasado el plazo de tres meses que pod¨ªa estar en el pa¨ªs, subraya. De hecho, el escrito policial recoge que lleg¨® el 2 de abril.
As¨ª, para empadronarse por omisi¨®n, Queteguari se acogi¨® al acuerdo del 14 de abril, que acepta las resoluciones derivadas de la normativa de Extranjer¨ªa si est¨¢n "expedidas, registradas o referidas a actos anteriores al 8 de agosto de 2004". Almandoz defiende que "es contraria a derecho cualquier interpretaci¨®n que restrinja la mencionada referencia", como "las aclaraciones del 20 de abril".
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