El Estado no asumir¨¢ a partir de 2006 el d¨¦ficit de comunidades y ayuntamientos
La nueva Ley de Estabilidad Presupuestaria relaja la exigencia de cuentas equilibradas
Los compromisos que adquieran comunidades aut¨®nomas y ayuntamientos con sus ciudadanos y que les generen d¨¦ficit p¨²blico ser¨¢n responsabilidad exclusiva de estas administraciones a partir de 2006. La nueva Ley de Estabilidad Presupuestaria, que el Gobierno presenta ma?ana a las comunidades, exonera a la Administraci¨®n central de prestarles ayuda en momentos de dificultad. Es una de las novedades de este texto, que relaja la obligaci¨®n de mantener el d¨¦ficit cero a?o tras a?o. Ahora se podr¨¢ saltar esta norma cuando la coyuntura econ¨®mica resulte adversa.
El requisito de presentar cuentas p¨²blicas escrupulosamente saneadas, consagrado por el anterior Gobierno del Partido Popular, quedar¨¢ matizado con la nueva Ley de Estabilidad Presupuestaria. El Ministerio de Econom¨ªa ha modificado esta norma para relajar ese cumplimiento estricto del d¨¦ficit cero a?o a a?o y sustituirlo por una obligaci¨®n a lo largo del ciclo econ¨®mico.
El borrador final, al que ha tenido acceso este peri¨®dico, ha sido pactado con los socios parlamentarios del Ejecutivo (Izquierda Verde y Esquerra Republicana de Catalunya) e incluye algunas novedades respecto a lo inicialmente anunciado. El ministro de Econom¨ªa, Pedro Solbes, lo presentar¨¢ ma?ana a las comunidades en el Consejo de Pol¨ªtica Fiscal y Financiera. ?stos son los aspectos m¨¢s destacables:
- Menos responsabilidad. Quiz¨¢ el aspecto m¨¢s taxativo de la nueva redacci¨®n consiste en desvincular los problemas financieros de comunidades y ayuntamientos de la responsabilidad de la Administraci¨®n central. "El Estado no asumir¨¢ ni responder¨¢ de los compromisos de las comunidades aut¨®nomas y de los entes vinculados o dependientes de ellas", sentencia la ley. En otras palabras, las administraciones territoriales no podr¨¢n recurrir al ministro de turno para reclamar m¨¢s recursos que enjuguen los d¨¦ficit en los que hayan podido incurrir. Corresponder¨¢ a ellas en exclusiva reconducir su situaci¨®n.
Esta disposici¨®n tiene especial relevancia en un momento en que muchas comunidades reclaman al Estado m¨¢s recursos para hacer frente a sus gastos, principalmente el sanitario. No obstante, la nueva ley no entrar¨¢ en vigor antes de 2006, con efecto en las cuentas del a?o siguiente, por lo que antes puede producirse un ¨²ltimo gesto en esa l¨ªnea de ceder recursos.
- Advertencia sobre el d¨¦ficit. El texto recoge el esp¨ªritu de que es mejor prevenir el d¨¦ficit que tener que sanearlo. Por esta raz¨®n, se introduce un nuevo mecanismo, denominado advertencia, por el cual si el Gobierno detecta riesgo de desviaci¨®n en las cuentas podr¨¢ avisar a la Administraci¨®n correspondiente e instarla a que reconduzca su situaci¨®n. Se trata de un instrumento similar al mecanismo de alerta temprana establecido en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, que obliga a todos los pa¨ªses de la Uni¨®n Europea a mantener sus cuentas a raya.
- Umbrales de crecimiento. Todas las administraciones habr¨¢n de registrar equilibrio o super¨¢vit en ¨¦pocas de bonanza y s¨®lo podr¨¢n permitirse algo de d¨¦ficit en caso de crecimiento renqueante. Los umbrales que determinan esas obligaciones se fijar¨¢n para un periodo de tres a?os y podr¨¢n revisarse en caso de cambios en la coyuntura econ¨®mica. De momento, la ley fija ya en una disposici¨®n transitoria el escenario para los tres a?os siguientes a su entrada en vigor. Crecer por encima del 3% obligar¨¢ a registrar super¨¢vit; entre el 2% y el 3% se establece el equilibrio presupuestario y por debajo del 2% se autorizar¨¢ un d¨¦ficit del 1% del PIB.
Ese 1%, sin embargo, tiene l¨ªmites, pues habr¨¢n de repart¨ªrselo todas las administraciones en situaci¨®n cr¨ªtica. El reparto resulta mucho m¨¢s beneficioso para las comunidades, a las que les corresponde un 0,75%, que para el Estado (0,2%) y que para los ayuntamientos (0,5%).
Adicionalmente, las administraciones podr¨¢n generar otro 0,25% de d¨¦ficit para financiar proyectos de inversi¨®n "en programas destinados a atender actuaciones productivas". Esta inversi¨®n exigir¨¢ dos requisitos: el visto bueno del Gobierno y una financiaci¨®n de al menos el 30% del proyecto con ahorro de la Administraci¨®n que la vaya a acometer. Esta condici¨®n persigue que comunidades y ayuntamientos no se endeuden excesivamente para acometer nuevos proyectos.
Como ocurr¨ªa hasta ahora, las administraciones aquejadas de desequilibrios deber¨¢n presentar planes de saneamiento para tres a?os, con la salvedad de que algunas comunidades y entidades locales podr¨¢n interrumpirlos si atraviesan dificultades.
- M¨¢s trabas para endeudarse. La nueva ley establece un mayor celo sobre la autorizaci¨®n que otorga el Estado a comunidades y ayuntamientos para que emitan deuda. La ley subraya que, si se incumplen los objetivos de estabilidad presupuestaria, "todas las operaciones de endeudamiento precisar¨¢n de autorizaci¨®n del Estado". Incluso se prev¨¦ la creaci¨®n de una central de informaci¨®n, de car¨¢cter p¨²blico y a cargo del Ministerio de Econom¨ªa, que proporcione detalles sobre operaciones de cr¨¦dito, emisi¨®n de deuda u otras similares.
- Seguridad Social separada. Una de las principales cr¨ªticas a la pol¨ªtica de d¨¦ficit del PP radicaba en que el Gobierno presentaba los datos de la Administraci¨®n central sumados a los de la Seguridad Social. La excelente salud de esta ¨²ltima enmascaraba el d¨¦ficit que siempre registra la Administraci¨®n central y embellec¨ªa un resultado que contrastaba con el habitual d¨¦ficit de comunidades y ayuntamientos.
Con la nueva ley, la Seguridad Social no har¨¢ media con ninguna Administraci¨®n, sino que se presentar¨¢ por separado y cada Administraci¨®n estar¨¢ obligada a enjugar su propio d¨¦ficit, incluida la central. ?sta tendr¨¢ que adaptarse sin privilegios a la nueva situaci¨®n, pues en principio la ley fijaba un periodo transitorio de tres a?os para que el Estado eliminara su d¨¦ficit, pero en la redacci¨®n final esa prebenda ha quedado suprimida.
- M¨¢s datos. La ley detalla el volumen de informaci¨®n que han de presentar las comunidades y los ayuntamientos, menos sistem¨¢ticos de lo que lo es la Administraci¨®n central a la hora de ofrecer sus datos presupuestarios.
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