El Gobierno introduce "matices" en la Carta de Barcelona que se firma ma?ana
El borrador de la Carta de Barcelona que fue aprobado en el plenario del Ayuntamiento el pasado mes de junio no es exactamente el mismo que est¨¢ previsto que se firme ma?ana en el Sal¨® de Cent del consistorio, un marco buscado para dar empaque al acuerdo final con el Ministerio de Administraciones P¨²blicas. Su titular, Jordi Sevilla, rubricar¨¢ el acuerdo. Despu¨¦s de ese paso, la Carta ser¨¢ aprobada en el Consejo de Ministros del 22 de julio y entrar¨¢ en el Congreso a partir de septiembre.
Los cambios introducidos por el Gobierno son considerados "matices" por fuentes del consistorio. El grupo municipal de CiU opina que, a la espera de tener el resultado de consultas jur¨ªdicas sobre el texto que conoci¨® ayer, las modificaciones no tocan el fondo de la ley, sino que se trata de cuestiones m¨¢s bien t¨¦cnicas. El grupo municipal del Partido Popular, que en el plenario se abstuvo en la votaci¨®n, cree que las modificaciones, sin ser sustanciales, se acercan a algunas observaciones que esa formaci¨®n hab¨ªa realizado, seg¨²n precis¨® ayer el presidente del grupo municipal popular, Alberto Fern¨¢ndez D¨ªaz. Se refiri¨®, por ejemplo, a un apartado del articulado original -el d del art¨ªculo 39- que ha sido suprimido y que hac¨ªa referencia a que uno de los recursos de la Hacienda municipal de Barcelona provendr¨ªa de "los ingresos procedentes de la cesi¨®n de los impuestos de otras administraciones p¨²blicas".
El alcalde de Barcelona, Joan Clos, rest¨® importancia a esa supresi¨®n porque considera que otro art¨ªculo -el 54- ya precisa la eventual cesi¨®n o participaci¨®n en los impuestos. Lo que ocurre es que ese ¨²ltimo apartado se refiere a los impuestos estatales y en el suprimido se refer¨ªa a "otras administraciones p¨²blicas"; es decir, a la Generalitat. En el fondo de esa cuesti¨®n est¨¢ el debate sobre si corresponde a la Generalitat ser la ¨²nica administraci¨®n que determine la financiaci¨®n de los ayuntamientos, en este caso el de Barcelona, o si la autoridad local tiene que participar de forma directa en la cesi¨®n de impuestos de car¨¢cter estatal. Este debate se est¨¢ produciendo en paralelo en la discusi¨®n del nuevo Estatut.
Por lo dem¨¢s, otras modificaciones introducidas en el texto de la Carta son de corte sem¨¢ntico-jur¨ªdico. Por ejemplo, se ha cambiado en el art¨ªculo 1: "El municipio de Barcelona, como Capital de Catalu?a" por "el municipio de Barcelona, como capital de la Comunidad Aut¨®noma de Catalu?a".
En otro art¨ªculo, el relativo a la justicia de proximidad, se precisa que la lengua catalana se utilizar¨¢ de acuerdo con lo que dispongan la "Ley Org¨¢nica del Poder Judicial y la legislaci¨®n catalana". En el texto que sali¨® del plenario del Ayuntamiento no se hac¨ªa menci¨®n a la legislaci¨®n del Poder Judicial, sino s¨®lo a la legislaci¨®n catalana.
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