La defensa de los agentes del 'caso Roquetas' afirma que no hubo delito
El abogado de los nueve guardias civiles imputados por la muerte de Juan Mart¨ªnez Galdeano el pasado 24 de julio en el cuartel de la Guardia Civil de Roquetas de Mar (Almer¨ªa), Gustavo Ardu¨¢n, present¨® ayer la impugnaci¨®n del recurso interpuesto por la acusaci¨®n p¨²blica el pasado viernes en el que se ped¨ªa la prisi¨®n provisional para el teniente Jos¨¦ Manuel Rivas y el agente J. A. Moreno. La defensa alega que la instrucci¨®n no ha terminado, que faltan informes t¨¦cnicos, que no hay indicios "racionales" de criminalidad y que los guardias no pueden entorpecer la investigaci¨®n al estar suspendidos de sus funciones.
Para la defensa, el ¨²nico objeto posible de debate procesal hace alusi¨®n a la gradaci¨®n en el uso de la fuerza y a si los "medios y comportamientos" supusieron un control "adecuado y proporcional", por lo que insiste en la presunci¨®n de inocencia de sus defendidos.
En su escrito, Ardu¨¢n se sorprende del "desconocimiento" que demuestra la instituci¨®n fiscal sobre la Ley de Enjuiciamiento Criminal cuando afirma en su art¨ªculo 502 que "no se adoptar¨¢ en ning¨²n caso la prisi¨®n provisional cuando de las investigaciones practicadas se infiera racionalmente que el hecho no es constitutivo de delito o que el mismo se cometi¨® concurriendo una causa de justificaci¨®n".
Y es que la defensa no comparte con el Ministerio P¨²blico que puedan calificarse los hechos investigados de lesiones graves, homicidio ni trato degradante, "habida cuenta de que en el actual estado de las investigaciones no s¨®lo aparecen ausentes datos materiales y objetivos que indiquen la existencia de tales delitos, sino que adem¨¢s si algo aparece como evidente es la ausencia del dolo espec¨ªfico y necesario en cuanto a la comisi¨®n de aquellos (...)".
"Terca resistencia"
La impugnaci¨®n al recurso de apelaci¨®n insiste en el hecho de que la intervenci¨®n de los agentes de seguridad "se limita en el ejercicio de su funci¨®n, en un primer momento, a la introducci¨®n de una persona en el veh¨ªculo policial (...)". Insiste en que la "terca y activa resistencia" de Juan Mart¨ªnez Galdeano es lo que origina la respuesta de los agentes en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones legales.
Ardu¨¢n apela tambi¨¦n a la espera de los informes t¨¦cnicos que arrojen luz al fatal desenlace, si bien recuerda que los informes forenses se?alan la existencia de una serie de concausas, entre las que se se?alan el comportamiento y estado f¨ªsico y ps¨ªquico del fallecido.
En relaci¨®n con el estudio de la fractura del estern¨®n, hace hincapi¨¦ en que el propio Instituto Nacional de Toxicolog¨ªa y Ciencias Forenses no descarta la resucitaci¨®n cardiopulmonar como uno de los motivos de su fractura.
El escrito de impugnaci¨®n concluye que ninguno de los agentes buscaba el final acontecido. "Desplegaron su actuaci¨®n con la plena convicci¨®n de actuar en el estricto y leg¨ªtimo cumplimiento de su deber, con riesgo personal para su propia integridad", remacha.
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