Justicia modifica el recurso de amparo para evitar el colapso del Constitucional
El 95% no se admite a tr¨¢mite, pero provoca el bloqueo del trabajo de los magistrados
El ministro de Justicia, Juan Fernando L¨®pez Aguilar, llevar¨¢ hoy al Consejo de Ministros la reforma de la Ley Org¨¢nica del Tribunal Constitucional (LOTC) para evitar que los recursos de amparo constitucional, que constituyen el 95% de los asuntos ingresados, bloqueen el trabajo de los magistrados. La reforma del recurso de amparo ha sido reclamada insistentemente por los ¨²ltimos presidentes del alto tribunal, y su actual titular, Mar¨ªa Emilia Casas, ha advertido reiteradamente del "riesgo de colapso" si no se dada un nuevo contenido al recurso.
En el 25? aniversario del Tribunal, celebrado el pasado mes de julio, la presidenta Mar¨ªa Emilia Casas lanz¨® el ¨²ltimo llamamiento a reformar con urgencia la ley, asegurando que el Constitucional "ya no puede dar m¨¢s de s¨ª". El estudio de las posibilidades de reforma de la LOTC fue encomendado a una comisi¨®n mixta de magistrados del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, que tendr¨ªa por objeto no s¨®lo la reforma del recurso de amparo, sino tratar de superar adem¨¢s el tradicional clima de enfrentamiento entre ambos altos tribunales.
Seg¨²n fuentes del Supremo, la comisi¨®n mixta ha barajado varias posibilidades, entre ellas la de poder en marcha en el Tribunal Supremo una sala de recursos de amparo jurisdiccional para "filtrar" los que pudieran llegar al Constitucional o, al menos, los que llevasen como fundamento la vulneraci¨®n del derecho a la tutela judicial efectiva. Otra de las posibilidades exploradas ha sido la de que s¨®lo llegasen al Constitucional los recursos de amparo apoyados por el fiscal o los interpuestos contra aquellas sentencias que contasen con el voto particular disidente de alguno de los magistrados.
La reforma tambi¨¦n podr¨ªa introducir modificaciones en el art¨ªculo 50 de la LOTC, que establece los supuestos en los que el Tribunal puede acordar "motivadamente" la inadmisibilidad de los recursos de amparo.
Sin embargo, al texto final del anteproyecto segu¨ªa siendo ayer objeto de revisi¨®n tanto por el ministro, Juan Fernando L¨®pez Aguilar, como por el secretario de Estado de Justicia, Luis L¨®pez Guerra, ambos directamente concernidos en su calidad de catedr¨¢ticos de Derecho Constitucional, y L¨®pez Guerra, adem¨¢s, por haber sido magistrado y vicepresidente del alto tribunal y estar perfectamente al tanto del problema de las dilaciones.
Las cifras aportadas por la presidenta dan cuenta de que el 98,28% de los asuntos ingresados en el Tribunal son recursos de amparo, pero de ¨¦stos, la tasa de inadmisi¨®n es de un 95%, en su mayor parte por falta de contenido constitucional. Es decir, que apenas se entra a conocer el fondo de cinco de cada cien recursos de amparo.
Mar¨ªa Emilia Casas ha reiterado que no es razonable que los magistrados del Constitucional dediquen la mayor parte de su tiempo al trabajo "en negativo", es decir, a rechazar recursos que no se van a tramitar, en vez de dedicarse al "trabajo en positivo". Esto supone resolver, adem¨¢s de algunos amparos relevantes, los recursos de inconstitucionalidad contra leyes, las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por jueces y tribunales o los conflictos entre el Estado y las comunidades aut¨®nomas o de ¨¦stas entre s¨ª. El resultado es la grave situaci¨®n que atenaza al Tribunal: de los 7.951 asuntos entrados durante el a?o 2004, 7.580 est¨¢n todav¨ªa pendientes de que sean admitidos a tr¨¢mite o no.
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