Los mismos requisitos para darse de baja que de alta
Los contratos de todos los servicios generales (energ¨ªa, telecomunicaciones, banca, seguros) deber¨¢n indicar claramente el procedimiento para darse de baja, explic¨® ayer la ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado, al t¨¦rmino del Consejo de Ministros. El sistema deber¨¢ ser "similar a como se dio de alta y sin indemnizaci¨®n por el tiempo" en que no se use el servicio, indic¨® Salgado.
El objetivo de esta medida, incluida en el Anteproyecto de Ley de Mejora de la Protecci¨®n de los Consumidores y Usuarios, es evitar situaciones en las que para contratar un servicio basta una llamada telef¨®nica y en cambio los requisitos para dar de baja el contrato sean mucho m¨¢s complicados, como el env¨ªo de faxes, de documentos por correo certificado o incluso personarse en alguna oficina.
La nueva ley considerar¨¢ "pr¨¢cticas sancionables la obstaculizaci¨®n del derecho del consumidor a desvincularse".
"Tambi¨¦n se tipifica como cl¨¢usula abusiva la inclusi¨®n en el contrato de la renuncia a darse de baja del servicio"; la "p¨¦rdida de cantidades abonadas por adelantado"; el "abono de cantidades por servicios no prestados o la fijaci¨®n de indemnizaciones que no se corresponden a los da?os efectivamente causados" a las compa?¨ªas suministradoras; seg¨²n recoge el ministerio en una nota.
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