Sin jurisdicci¨®n
El Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco ha dictado sentencia absolutoria en el proceso seguido al anterior presidente y dos miembros del Parlamento Vasco, Juan Mar¨ªa Atutxa, Gorka Kn?rr y Kontxi Bilbao, respectivamente, por no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, como les hab¨ªa ordenado la Sala Especial del Tribunal Supremo que disolvi¨® Batasuna por aplicaci¨®n de la ley de partidos pol¨ªticos.
La absoluci¨®n no es por falta de pruebas, como suele suceder a veces en los juicios ordinarios, sino por falta de jurisdicci¨®n del tribunal. En una sentencia que se presta a inevitables lecturas no jur¨ªdicas, como la reciente del Tribunal Supremo que ha condenado al dirigente de la ilegalizada Batasuna Arnaldo Otegi a un a?o de prisi¨®n por injurias al Rey, el Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco ha estimado que carece de jurisdicci¨®n para valorar penalmente el asunto. Por ello, deja en el aire si hubo o no un delito de desobediencia en el incumplimiento de la orden del Supremo de disolver el grupo parlamentario de la ilegalizada Batasuna. A juicio del tribunal, ese comportamiento encaja en el privilegio de la inviolabilidad parlamentaria, que ampara las opiniones, actuaciones y votos emitidos en el ejercicio del cargo.
Quienes al iniciarse el proceso, a mediados de 2003, consideraron que la actuaci¨®n de Atuxta y de la anterior Mesa del Parlamento de Vitoria constituy¨® un acto de rebeld¨ªa frente al Tribunal Supremo, sin esperar al veredicto judicial, se sentir¨¢n frustrados por esta sentencia. Quienes, en cambio, pusieron el acento en la necesidad de no dejar impunes conductas supuestamente delictivas, someti¨¦ndolas al control de los tribunales, se sentir¨¢n satisfechos, aunque puedan poner reparos a los fundamentos jur¨ªdicos de la sentencia absolutoria. Ese control se ha producido, por lo que no puede decirse que esas conductas hayan quedado impunes, que es lo importante en el funcionamiento del Estado de derecho.
En todo caso, ser¨¢ la Sala de lo Penal del Supremo, ante la que cabe recurso, la que determine si los argumentos utilizados por el Tribunal Superior del Pa¨ªs Vasco encubren simplemente un deseo de lavarse las manos. Por ello, deber¨¢ resolver algunas de las cuestiones que han planeado desde el principio sobre este proceso: si la inviolabilidad parlamentaria tiene el alcance que le otorga la sentencia absolutoria, si la disoluci¨®n judicial de Batasuna deb¨ªa proyectarse tambi¨¦n sobre su grupo parlamentario, y si el Parlamento de Vitoria pudo resolver el supuesto conflicto entre el cumplimiento de una orden judicial y la autonom¨ªa parlamentaria de la forma razonable en que lo hizo el de Navarra.
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