Una ley asegurar¨¢ los embargos penales entre pa¨ªses de la UE
El Gobierno aprob¨® ayer un proyecto de ley para asegurar la eficacia de las medidas de embargo de bienes o aseguramiento de pruebas acordados en procedimientos penales intracomunitarios cuando los bienes, datos o documentos requeridos se encuentren en el territorio de la Uni¨®n Europea. La finalidad de esas medidas es impedir la destrucci¨®n, transferencia o enajenaci¨®n de bienes que podr¨ªan ser decomisados o ser utilizados como medios de prueba en un proceso.
La nueva ley acoge un concepto de embargo distinto del existente en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, donde esta medida se limita a asegurar la responsabilidad civil del procesado. El embargo preventivo de bienes y aseguramiento de pruebas en el ¨¢mbito de la UE permitir¨¢ la ejecuci¨®n pr¨¢cticamente autom¨¢tica de las resoluciones judiciales que se hayan dictado en fase cautelar en un Estado miembro. Su aplicaci¨®n afecta a las autoridades judiciales espa?olas, tanto en el momento de solicitar estas medidas en el exterior, como al recibir las procedentes de otro Estado.
Una de las principales novedades de la ley es la renuncia a la exigencia del principio de doble incriminaci¨®n para una serie de infracciones establecidas en la Decisi¨®n Marco 2003/577 del Consejo de Europa. Para estos supuestos, el reconocimiento de la medida acordada por la autoridad judicial ser¨¢ casi autom¨¢tica, mientras que para el resto de casos se mantiene la exigencia de tipificaci¨®n de los delitos en las legislaciones de los dos Estados.
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