Catalu?a prepara una reforma para regular la custodia compartida
La medida se aplicar¨¢ aunque se opongan el fiscal o los progenitores
El Departamento de Justicia de la Generalitat de Catalu?a est¨¢ ultimando una modificaci¨®n legal para favorecer la concesi¨®n de la guardia y custodia compartida en los casos de ruptura matrimonial. La normativa se ampara en las facultades que tiene el Gobierno aut¨®nomo para legislar sobre el derecho civil catal¨¢n y prev¨¦ que los jueces puedan adoptar esa medida aunque se oponga el ministerio fiscal o uno de los progenitores.
La reforma que prepara la Generalitat se enmarca en el proceso de redacci¨®n del C¨®digo Civil de Catalu?a, que ordenar¨¢ en un solo texto las 26 leyes sobre derecho civil catal¨¢n aprobadas por el Parlamento aut¨®nomo desde el restablecimiento de la autonom¨ªa, en 1980. El C¨®digo Civil est¨¢ estructurado en seis libros y el segundo se refiere a la persona y la familia. Ese libro comprende siete leyes, entre ellas la ley catalana de parejas de hecho y la ley denominada C¨®digo de Familia, que data de 1998. En uno de los cap¨ªtulos de esta ley es donde se incluir¨ªa la menci¨®n a la guardia y custodia compartida, con un planteamiento distinto al de la legislaci¨®n espa?ola, que condiciona la adopci¨®n de esa medida a la existencia de un informe favorable del ministerio fiscal y a la aceptaci¨®n por parte de los dos c¨®nyuges.
"Nosotros no queremos ir m¨¢s all¨¢ de ninguna legislaci¨®n, sino que queremos hacer las cosas de otra manera. Ni mejor ni peor, sino diferente, de acuerdo con nuestra propia realidad que es pactista, tambi¨¦n en caso de ruptura matrimonial". As¨ª se expresa Xavier Mu?oz Puiggr¨®s, director general de derecho y entidades jur¨ªdicas de la Generalitat, quien asegura que la reforma legal que se est¨¢ preparando en Catalu?a va en la l¨ªnea del esp¨ªritu que inspir¨® la vigente ley del divorcio, que entr¨® en vigor el pasado mes de septiembre.
Decisi¨®n del juez
Mu?oz entiende que la fiscal¨ªa o uno de los progenitores no han de condicionar la decisi¨®n del juez respecto a los hijos, y que corresponde a los poderes p¨²blicos "superar el esquema cl¨¢sico de que, en caso de separaci¨®n o divorcio los ni?os son para la madre". En su opini¨®n, se trata de favorecer el desarrollo de la mujer tras la ruptura matrimonial "y la mejor manera de hacerlo es implicando m¨¢s al hombre en la custodia de los hijos, en lugar de que se desentienda. El legislador ha de ser amable y facilitar salidas", asegura Mu?oz.
En ese sentido, la regulaci¨®n legal que prepara la Generalitat tambi¨¦n recoger¨ªa la necesidad de que, antes de decidir, el juez escuche a los hijos mayores de 12 a?os o a los menores con conocimiento y que valore la actitud de los implicados. El texto de la reforma est¨¢ pr¨¢cticamente ultimado y entrar¨ªa en el Parlamento catal¨¢n en las primeras semanas del pr¨®ximo a?o para iniciar su tramitaci¨®n.
Con todo, el director general de derecho de la Generalitat considera que la decisi¨®n judicial para decidir sobre la custodia de los hijos ha de ser el ¨²ltimo recurso al que acudir y que la voluntad de la Generalitat es fomentar la mediaci¨®n familiar en caso de ruptura. En 2001, el Parlamento catal¨¢n aprob¨® la Ley de Mediaci¨®n familiar, que fue pionera en Espa?a. Esa ley recog¨ªa la creaci¨®n del Centro de Mediaci¨®n Familiar de Catalu?a, dependiente del Departamento de Justicia y que interviene cuando as¨ª lo solicite el juez o la pareja que se quiere separar y que solicita un abogado de oficio. "Siempre es mejor que los interesados se pongan de acuerdo entre ellos a que decida un tercero que es el juez. Los pactos con mediador alcanzados en procesos de separaci¨®n son muy s¨®lidos porque los conflictos familiares en ocasiones tienen una larga duraci¨®n".
La Generalitat pretende tambi¨¦n mejorar regular nuevas situaciones convivenciales en las que se puede encontrar una uni¨®n familiar.
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