El Gobierno recurre la sentencia favorable a los interinos sin euskera
Educaci¨®n deber¨¢ acatar el fallo si el Supremo no admite el recurso
El Gobierno vasco ha recurrido ante el Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco (TSJPV) favorable a los interinos que no saben euskera y que corrige un decreto aprobado por el Departamento de Educaci¨®n. El Gobierno present¨® un recurso de casaci¨®n el pasado d¨ªa 18 de noviembre y ahora tendr¨¢ que esperar alrededor de un mes para conocer si se admite a tr¨¢mite o no.
En el caso de que el Supremo no lo acepte, el Departamento de Educaci¨®n deber¨¢ acatar el fallo de la sentencia original y devolver la estabilidad a aquellos interinos que acrediten que las clases que imparten son en castellano y, por lo tanto, no es imprescindible saber euskera.
La sentencia del TSJPV considera ilegal el decreto de Educaci¨®n que exige el perfil ling¨¹¨ªstico 2 (que faculta para dar clases de euskera o en euskera) a los profesores interinos que imparten clase en castellano porque as¨ª lo requiere su puesto de trabajo. El decreto establece que los docentes que carezcan de ese perfil no pueden formar parte del cupo de profesores interinos estables, que actualmente suman 1.500 en el sistema educativo. La fecha tope para acreditar ese conocimiento es 2007. El decreto tambi¨¦n estableci¨® el 31 de agosto de 2004 para acreditar el perfil inferior, el 1, que supone un conocimiento b¨¢sico del euskera, pero no autoriza para dar clases. La primera consecuencia de esta norma ha sido la p¨¦rdida de estabilidad de 157 docentes, que se han visto abocados a las listas de sustituciones en las que sin disponer del PL 2 sus posibilidades de recolocaci¨®n son menores.
Salidas individuales
El fallo del TSJPV no repone de manera colectiva la estabilidad a estos 157
profesores, pero resalta que su condici¨®n de estables depender¨¢ de que acrediten los requisitos ling¨¹¨ªsticos de las plazas vacantes. Es decir, que a un profesor que ocupa una vacante para dar clases de castellano a inmigrantes no se le puede pedir que acredite el nivel de euskera.
De esta forma, se abre la v¨ªa de la reclamaci¨®n individual puesto que la sentencia concluye lo siguiente: "El hecho de no poseer el PL 2 no es condici¨®n suficiente para la exclusi¨®n de la garant¨ªa de estabilidad de aquellos que la disfrutaban con anterioridad, sin embargo dicha garant¨ªa s¨®lo podr¨¢ hacerse efectiva en el supuesto de que existan plazas vacantes cuyos requisitos de desempe?o, incluidos los ling¨¹¨ªsticos, cumplan los profesores".
Seg¨²n Comisiones Obreras, el sindicato que recurri¨® el decreto de Educaci¨®n y que provoc¨® la sentencia del TSJPV, las posibilidades de que prospere el recurso que ahora ha presentado el Gobierno vasco ante el Tribunal Supremo son nulas. "Para que sea admitido a tr¨¢mite debe existir alguna ley de rango superior que lo ampare o disponer de jurisprudencia. Y no hay ni una cosa ni otra", asegura Javier Nogales, responsable de la Federaci¨®n de Ense?anza de Comisiones Obreras en Euskadi. En medio de este laberinto, a¨²n est¨¢ pendiente que el Parlamento debata la proposici¨®n no de ley presentada por el PSE en la que reclama al Gobierno que cumpla la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco y restablezca los derechos laborales del colectivo afectado.
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