El precio del hijo
Un hijo no tiene precio; los errores administrativos, s¨ª. La Audiencia de Sevilla, en un auto sin precedentes, ha condenado a la Junta de Andaluc¨ªa a pagar 1,45 millones de euros a una mujer por todo el sufrimiento que le ha ocasionado la separaci¨®n de sus dos hijos desde 1996, cuando le retir¨® la tutela por su alcoholismo. La celeridad con que la Administraci¨®n andaluza entreg¨® a ambos hermanos en acogimiento preadoptivo, con vistas a consolidar el nuevo contexto familiar de los ni?os, y el inicial respaldo judicial a esta medida est¨¢n en el origen del calvario de esta mujer, que ahora ha desembocado en la novedosa decisi¨®n de la Audiencia.
Carmen Fern¨¢ndez se rehabilit¨® r¨¢pidamente y entabl¨® una batalla judicial para recuperar a sus hijos. En 2000, la Audiencia de Sevilla orden¨® que los ni?os regresaran con ella, pero la resistencia del juzgado encargado de ejecutar la sentencia y los sucesivos recursos de la familia de acogida y la Administraci¨®n dilataron el procedimiento hasta el extremo de que el propio tribunal que le dio la raz¨®n reconoci¨®, en 2002, que era imposible cumplir la resoluci¨®n a la vista del tiempo transcurrido. Para compensarla por la privaci¨®n de sus dos hijos durante casi una d¨¦cada, la p¨¦rdida definitiva de uno de ellos (la mayor opt¨® por regresar con su madre cuando cumpli¨® 13 a?os) y las graves secuelas f¨ªsicas y ps¨ªquicas que padece, se ha fijado una indemnizaci¨®n de 1,45 millones. Para ello, la sala ha aplicado el baremo indemnizatorio previsto para personas "indebidamente privadas de libertad".
M¨¢s all¨¢ de la novedad, lo que pone de manifiesto este auto es la situaci¨®n kafkiana que atraviesan algunos procedimientos que afectan a menores. El tiempo siempre corre en su contra. Un ni?o no puede esperar a?os a que se decida su futuro, sea ¨¦ste cual sea. El caso de la ni?a de Benamaurel o el del ni?o de El Royo evidenciaron ya la necesidad de acortar los plazos para que las decisiones que conciernen a peque?os no se eternicen en los tribunales. Las administraciones auton¨®micas, competentes en materia de protecci¨®n de menores, deber¨ªan reservar las medidas irreversibles s¨®lo para situaciones tambi¨¦n irreversibles. Es urgente una reforma legal que evite casos como ¨¦ste. Mientras los cambios no lleguen, el aumento de recursos (m¨¢s juzgados y fiscal¨ªas especializadas) podr¨ªa ayudar a agilizar los procedimientos que afectan a la tutela de los menores y, por tanto, a su futuro.
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