Los jueces podr¨¢n enviar a la c¨¢rcel a los menores cuando cumplan la mayor¨ªa de edad
El proyecto de Ley del Menor incluye medidas de internamiento para integrantes de bandas
La reforma de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor aprobada ayer en el Consejo de Ministros otorga a los jueces la facultad de decidir, excepcionalmente, que un menor delincuente, al cumplir los 18 a?os, pase a un centro penitenciario de adultos. Incluye el posible internamiento en r¨¦gimen cerrado de los integrantes de bandas juveniles o delictivas aunque no hayan cometido delitos violentos, permite las ¨®rdenes de alejamiento (para combatir el acoso escolar), agrava las medidas de internamiento y evita que las menores v¨ªctimas de delitos sexuales declaren ante sus agresores.
La Ley del Menor acaba de cumplir cinco a?os desde su aprobaci¨®n. El proyecto de ley para reformarla, aprobado ayer y que ser¨¢ pr¨®ximamente remitido a las Cortes, supone un tratamiento m¨¢s firme de la delincuencia juvenil e introduce medidas para combatir fen¨®menos como las bandas organizadas o el acoso escolar. Sigue manteniendo en los 14 a?os el m¨ªnimo necesario para exigir cualquier tipo de responsabilidad penal.
- Posible c¨¢rcel a los 18 a?os. Cuando el menor internado cumpla 18 a?os, podr¨¢ continuar en el mismo centro o bien ser trasladado a uno de adultos. El cambio lo decidir¨¢ el juez si la conducta del menor "no responde a los objetivos propuestos en la sentencia". Deber¨¢n ser o¨ªdos el abogado defensor y el fiscal. Cuando el menor cumpla 21, la regla general es que ira a la c¨¢rcel, aunque el juez puede adoptar otra soluci¨®n teniendo en cuenta la existencia de una buena rehabilitaci¨®n o de circunstancias excepcionales.
- Pertenencia a bandas. Si el menor que delinque pertenece o act¨²a al servicio de una banda, organizaci¨®n o asociaci¨®n, se le podr¨¢ imponer una medida de internamiento incluso aunque el delito no sea grave o de car¨¢cter violento. El Gobierno ha defendido la conveniencia de esta f¨®rmula para alejar a estos menores del "ambiente que favorece el delito" y poder apartarlos de las bandas.
- ?rdenes de alejamiento. Es una de las novedades del texto legal. Los jueces podr¨¢n imponer al menor una orden de alejamiento de la v¨ªctima y sus familiares, as¨ª como de su domicilio, centro docente o lugar de trabajo. Se trata de una medida con la que se pretende combatir el acoso escolar, prohibiendo al agresor acudir a la escuela de la v¨ªctima.
- V¨ªctimas de delitos sexuales. Tanto en las declaraciones previas como en el acto del juicio oral, los jueces y tribunales tendr¨¢n la obligaci¨®n de evitar que se vean los menores v¨ªctimas de delitos contra la libertad sexual y los inculpados, "utilizando para ello cualquier medio t¨¦cnico que haga posible la pr¨¢ctica de esta prueba". Hasta ahora, la regulaci¨®n, contenida en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, facultaba pero no obligaba al juez a evitar la confrontaci¨®n visual.
- Sanciones m¨¢s duras. Se agravan en un a?o las medidas de internamiento para los delitos graves, muy graves o violentos. Si el menor ha cometido varios delitos y uno es especialmente grave (asesinato, violaci¨®n...) el l¨ªmite m¨¢ximo de internamiento ser¨¢ de 10 a?os (ahora son 8) para los menores de 16 y 17 y de 6 a?os (ahora son 5) para los de 14 y 15.
- Protecci¨®n de las v¨ªctimas. Las v¨ªctimas de un delito cometido por un menor, aunque no quieran ser parte en el procedimiento penal, tendr¨¢n derecho a que se les comuniquen todas aquellas resoluciones que puedan afectar a sus intereses.
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