Los 'papeles' ya pueden viajar a Catalu?a
La Audiencia falla por unanimidad que no hay da?o irreversible si se entregan los documentos
Los papeles de Salamanca ir¨¢n a Barcelona. As¨ª lo han decidido por unanimidad los cinco magistrados de la Secci¨®n S¨¦ptima de la Audiencia Nacional, que han levantado y dejado sin efecto las medidas cautelar¨ªsimas por las que el viernes pasado bloquearon la entrega de las 500 cajas con los documentos en la c¨¢mara acorazada del Ministerio de Cultura, impidiendo su entrega a la Generalitat.
Aunque los magistrados dispon¨ªan de un m¨¢ximo de cinco d¨ªas para resolver, desde el tribunal se hab¨ªa indicado que no se agotar¨ªa el plazo legal, sino que la decisi¨®n se adoptar¨ªa lo antes posible. Sin embargo, las deliberaciones fueron intensas y durante dos d¨ªas ha habido dudas y claras discrepancias, aunque finalmente a media ma?ana de ayer ya se sab¨ªa que la resoluci¨®n se adoptar¨ªa por unanimidad y que s¨®lo faltaba redactar el auto.
El tribunal recoge los argumentos expuestos por el jefe de la Abogac¨ªa del Estado
De hecho, el tribunal ha recogido en su resoluci¨®n los argumentos defendidos por el jefe de la Abogac¨ªa del Estado en la Audiencia Nacional, Manuel Pacheco, durante la vista p¨²blica del martes. Y lo ha hecho en seis folios, de los que ¨²nicamente cuatro tienen enjundia jur¨ªdica, puesto que el primero detalla los antecedentes de hecho y el ¨²ltimo es el fallo. Es decir, que si hubiera habido acuerdo desde el primer momento, la resoluci¨®n podr¨ªa haberse dictado en dos horas y, en cambio, las deliberaciones han durado m¨¢s de 14 horas.
Fuentes del tribunal han explicado que la demora se ha producido porque "el tema era muy complicado, muy complejo". "Ha habido dudas y ten¨ªamos que acertar", concluyeron.
En esencia, el tribunal no ha encontrado razones legales que justifiquen el mantenimiento de la medida cautelar¨ªsima de bloqueo de los papeles de Salamanca, porque estas razones, adem¨¢s, deben ser claras y manifiestas y la apariencia de buen derecho "debe ser apreciada sin necesidad de profundizar en el fondo del asunto".
Adem¨¢s, no existe un perjuicio irreparable por el hecho de que los documentos se entreguen a la Generalitat. El tribunal explica que no se perder¨ªa la finalidad del recurso "en el supuesto en que se levantasen las medidas adoptadas, puesto que los citados documentos ser¨ªan entregados a otra Administraci¨®n, la cual se subroga en los derechos y obligaciones del Estado en cuanto a la custodia y protecci¨®n de los mismos". Y m¨¢s adelante puntualiza que la Generalitat "estar¨ªa obligada a su devoluci¨®n [de los documentos que no fueran de titularidad del ¨®rgano de Gobierno catal¨¢n] en el supuesto de una hipot¨¦tica sentencia estimatoria".
El Ayuntamiento de Salamanca tiene ahora la posibilidad de interponer recurso de s¨²plica ante el mismo tribunal en un plazo de cinco d¨ªas, pero ser¨ªa muy dif¨ªcil que prosperase, puesto que la decisi¨®n corresponder¨ªa adoptarla a los mismos cinco magistrados y ser¨ªa ir en contra de sus propios actos. Tambi¨¦n cabe recurso de casaci¨®n ante el Tribunal Supremo, pero la interposici¨®n del recurso no tiene efectos de paralizar la previsible entrega de los documentos a la Generalitat.
La resoluci¨®n notificada ayer destaca que el bloqueo de los documentos en Cultura s¨®lo podr¨ªa mantenerse si de la entrega de los documentos a la Generalitat se desprendiese que se hac¨ªa perder su finalidad leg¨ªtima al recurso.
El tribunal resalta que una ley especial debe ser preferente en su aplicaci¨®n a la ley general, por lo que la norma que dispone la restituci¨®n de los fondos documentales incautados a la Generalitat durante la Guerra Civil es prioritaria a la Ley de Patrimonio Hist¨®rico Espa?ol para este caso concreto.
Adem¨¢s, se?ala que los recurrentes han pretendido "que se prejuzgue la cuesti¨®n de fondo", lo que a juicio de los magistrados supone, en el incidente de medidas cautelar¨ªsimas, una "infracci¨®n del art¨ªculo 24 de la Constituci¨®n que reconoce el derecho al proceso con todas las garant¨ªas de contradicci¨®n y prueba, porque una pieza separada de medidas cautelares no es el cauce procesal id¨®neo para decidir el fondo de la cuesti¨®n objeto del litigio". Ese argumento "es extensible al supuesto en que se invoque la nulidad de pleno derecho del acto o disposici¨®n que, adem¨¢s, ha de ser ostensible, manifiesta y evidente".
El tribunal concluye que mientras el Constitucional no se pronuncie, los preceptos de la ley de restituci¨®n de los fondos documentales a la Generalitat son de obligado cumplimiento y la Sala no puede realizar una calificaci¨®n jur¨ªdica sobre la naturaleza de los documentos retirados del Archivo de Salamanca, como pretend¨ªan los recurrentes.
El ministro de Justicia, Juan Fernando L¨®pez Aguilar, tras conocer el fallo de la Audiencia manifest¨® que esa resoluci¨®n anula el intento del PP de "estimular sentimientos negativos" y de enfrentar a "espa?oles contra espa?oles", que es la estrategia que el PP "est¨¢ irradiando en todas las direcciones desde el principio de la legislatura".
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