Federalismo fiscal
Con Estatuto catal¨¢n o sin ¨¦l, era necesario reducir la manifiesta asimetr¨ªa existente en Espa?a desde hace a?os: una descentralizaci¨®n pol¨ªtica profunda, propia de un Estado federal, y una estructura tributaria m¨¢s bien centralista, en permanente transici¨®n, resultado de las presiones negociadoras que los partidos nacionalistas hab¨ªan ido ejerciendo al socaire de los apoyos electorales prestados al PSOE o al PP. El sistema de financiaci¨®n reclamaba desde hac¨ªa tiempo una mayor corresponsabilidad de los gobiernos regionales. Todo ello, sin poner en cuesti¨®n un principio b¨¢sico, incluso en los sistemas m¨¢s consecuentemente federales: la solidaridad y la estrecha coordinaci¨®n entre las instancias estatales y regionales.
El acuerdo alcanzado para la reforma del proyecto de Estatuto catal¨¢n, en la medida en que se extienda a todas las comunidades aut¨®nomas, satisface esas exigencias. Los principios en los que se asienta (art¨ªculo 202.4) son correctos: la financiaci¨®n de la Generalitat no debe implicar discriminaci¨®n para la Generalitat ni para el resto de las comunidades aut¨®nomas. Es una muy buena premisa que supone la aceptaci¨®n de la solidaridad como eje b¨¢sico del esquema de financiaci¨®n.
El sistema definido se aleja claramente del concierto vasco o del convenio navarro. Las competencias financieras aparecen m¨¢s expl¨ªcitamente reconocidas, pero no son de naturaleza distinta a las que se presum¨ªan en el esquema hasta ahora vigente. La mayor aproximaci¨®n entre asignaci¨®n de recursos tributarios procedentes del IRPF, el IVA y la mayor¨ªa de los impuestos especiales (los considerados recursos propios) y el nivel de sus gastos es razonable, como lo es que se extienda a todas las comunidades. Es cierto que a partir de este esquema, al disponer de menor peso las transferencias provenientes del Estado, las comunidades tendr¨¢n que decidir sobre eventuales aumentos de la presi¨®n fiscal a trav¨¦s de los tributos cedidos si quieren gastar m¨¢s. La solidaridad, la participaci¨®n en la nivelaci¨®n, se reconoce expl¨ªcitamente. Su existencia, sin embargo, debe ser compatible con incentivos a recaudar, a prosperar, por parte de los gobiernos de las comunidades aut¨®nomas.
El car¨¢cter integrador del proyecto se manifiesta igualmente en el abandono de cualquier bilateralismo excluyente. El Consejo de Pol¨ªtica Fiscal y Financiera sigue siendo el principal ¨®rgano consultivo del Estado en materia de coordinaci¨®n de pol¨ªtica fiscal.
El gradualismo es otro de los principios que se deducen del acuerdo. Es sensato anteponer el rodaje eficaz a las prisas. La actual gesti¨®n econ¨®mica y financiera de la Generalitat ha dado muestras de buen sentido, al tiempo que ha priorizado claramente el saneamiento de las finanzas p¨²blicas. Si se mantiene el acuerdo alcanzado, se habr¨¢ eliminado esa suerte de provisionalidad a la que le expon¨ªa un sistema insatisfactorio para todos. La estabilidad en las relaciones financieras podr¨¢ tambi¨¦n eliminar el riesgo en las propias relaciones de los agentes econ¨®micos catalanes con el resto de Espa?a. Y al conjunto de Espa?a, beneficiarse de la locomotora catalana.
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