Las universidades rechazan que el Estado examine para ejercer la abogac¨ªa
Los licenciados en Derecho necesitar¨¢n el t¨ªtulo profesional de letrado para colegiarse
La Conferencia de Rectores de las Universidades Espa?olas y el Consejo de Coordinaci¨®n Universitaria se oponen frontalmente a que los licenciados en Derecho tengan que pasar un examen estatal para ser abogados, como establece el proyecto de ley de acceso a la abogac¨ªa aprobado el pasado 23 de diciembre por el Consejo de Ministros. El Consejo General de la Abogac¨ªa, sin embargo, s¨ª est¨¢ de acuerdo en que el Estado garantice "la calidad m¨ªnima de los profesionales que defienden los derechos de los ciudadanos", seg¨²n declara su presidente, Carlos Carnicer.
Espa?a es el ¨²nico pa¨ªs de la Uni¨®n Europea en el que un abogado, para serlo, s¨®lo necesita una licenciatura en Derecho y darse de alta en un colegio profesional. A partir de ese momento, puede ejercer la defensa letrada ante los tribunales en todo tipo de litigios. Puede incluso, desde el primer d¨ªa, interponer recursos ante el Tribunal Constitucional y el Supremo. Cada a?o se licencian en las facultades de Derecho espa?olas unos 15.000 alumnos. Actualmente, hay 114.139 abogados ejercientes -20.000 m¨¢s que en 1998-, casi la mitad de ellos en Madrid o Barcelona.
El sistema de acceso al ejercicio, criticado por los colegios de abogados de toda Espa?a por la escasa o nula formaci¨®n pr¨¢ctica de los reci¨¦n licenciados -que, en muchos casos, se han limitado a memorizar durante cuatro o cinco a?os un sinf¨ªn de manuales de Derecho-, est¨¢ a punto de ser revisado. El Gobierno aprob¨® el pasado 23 de diciembre un proyecto de ley que recoge que, aparte de la licenciatura, sea necesario obtener un t¨ªtulo posterior: el t¨ªtulo profesional de abogado.
Una vez que la persona tenga la licenciatura en Derecho o el t¨ªtulo de grado que lo sustituya seg¨²n las nuevas titulaciones que prepara el Ministerio de Educaci¨®n y Ciencia, tendr¨¢ que realizar obligatoriamente un curso de formaci¨®n para letrados. Estos cursos se podr¨¢n impartir en universidades p¨²blicas o privadas, escuelas de pr¨¢ctica jur¨ªdica y otros centros de formaci¨®n pr¨¢ctica profesional. Ser¨¢ una ense?anza de posgrado de 60 cr¨¦ditos m¨¢s un periodo de pr¨¢cticas que, como mucho, constituir¨¢ un tercio del total de horas. Superado el posgrado, el estudiante, para obtener el t¨ªtulo profesional expedido por el Ministerio de Educaci¨®n y Ciencia, deber¨¢ pasar un examen estatal de contenido com¨²n para toda Espa?a.
Las universidades asumen la necesidad de reformar el acceso a la abogac¨ªa y de mejorar la formaci¨®n pr¨¢ctica de los licenciados en Derecho, pero entienden que la evaluaci¨®n debe hacerse en el marco de los posgrados, mediante convenios de colaboraci¨®n entre las universidades y los colegios profesionales. Se oponen "rotundamente" a la existencia de un examen estatal posterior, como explica el presidente de la Conferencia de Rectores Universitarios Espa?oles (CRUE), Juan V¨¢zquez. "La prueba, tal y como est¨¢ concebida, es m¨¢s propia del ingreso en la funci¨®n p¨²blica, de una oposici¨®n a juez o notario".
M¨¢sters y posgrados
Los rectores critican que el proyecto de ley diferencie entre t¨ªtulos acad¨¦micos y t¨ªtulos profesionales. "En Espa?a, los t¨ªtulos acad¨¦micos son los que habilitan profesionalmente", se?ala V¨¢zquez. "Adem¨¢s, los m¨¢sters y posgrados van a tener sus propios controles, as¨ª que, ?por qu¨¦ hay que hacer otro m¨¢s?". La Conferencia de Decanos de Derecho se ha pronunciado en este mismo sentido. No est¨¢n de acuerdo con el examen estatal y se?alan que, en caso de que finalmente se instaure, deber¨ªan participar en ¨¦l las universidades.
El Consejo General de la Abogac¨ªa entiende, sin embargo, que es "el Estado el que tiene la obligaci¨®n de garantizar la calidad en la defensa de los derechos de los ciudadanos y, por lo tanto, tendr¨¢ que establecer cu¨¢l es la calidad m¨ªnima de un abogado", indica su presidente, Carlos Carnicer. S¨ª cuestionan algunos otros aspectos del proyecto: no entienden, por ejemplo, que se establezca un periodo m¨¢ximo de pr¨¢cticas del 30%. "Si lo que queremos es que mejore la formaci¨®n pr¨¢ctica, ¨¦sta tendr¨ªa que suponer como m¨ªnimo un tercio de los cursos de formaci¨®n, no como m¨¢ximo, y deber¨ªa garantizarse que se haga a cargo de profesionales de la abogac¨ªa", se?ala Carnicer.
El nuevo sistema entrar¨¢ en vigor seis a?os despu¨¦s de que se apruebe la ley y no afectar¨¢ a los abogados que est¨¦n colegiados o lo hayan estado en el pasado al menos durante un a?o. Los jueces, fiscales, secretarios judiciales, miembros del cuerpo jur¨ªdico militar y los funcionarios de la escala A que sean licenciados en Derecho tambi¨¦n podr¨¢n acceder directamente.
Las universidades y los abogados coinciden en criticar el periodo de vacatio legis de seis a?os. "Si se entiende que hay derechos fundamentales de los ciudadanos que se est¨¢n vulnerando por la mala formaci¨®n de algunos abogados, ?por qu¨¦ retrasar tantos a?os la implantaci¨®n de la ley?", se pregunta Carlos Carnicer.
Tanto los colegios de abogados como las universidades conf¨ªan en que el Gobierno sea flexible durante la tramitaci¨®n parlamentaria del proyecto de ley. El texto incluye tambi¨¦n la regulaci¨®n del acceso a la profesi¨®n de procurador (representante procesal necesario para comparecer en juicios), con requisitos parecidos a los de los abogados, incluyendo un examen estatal.
El sistema espa?ol, ¨²nico en Europa
En otros pa¨ªses europeos, un estudiante de Derecho tiene que pasar varios filtros para poder ponerse la toga despu¨¦s de licenciarse. ?stos son algunos de ellos.
- Francia. Despu¨¦s de la licenciatura, se debe obtener el llamado Certificado de Aptitud (CAPA). Para ello, primero hay que pasar un examen oral y escrito organizado por la universidad, que da acceso a un curso de 18 meses (que incluye pr¨¢cticas profesionales) en una Escuela de Abogados. Tras el curso se debe aprobar un examen final que realiza la propia Escuela de Abogados.
- Alemania. Para licenciarse en Derecho es necesario pasar un primer examen estatal oral y escrito. Despu¨¦s, si el graduado quiere ejercer la abogac¨ªa, debe realizar una pasant¨ªa de 24 meses (durante los cuales el Estado paga al estudiante una cantidad variable, que depende de las regiones), y tiene que aprobar un segundo examen estatal oral y escrito.
- Italia. Tras la licenciatura se debe realizar o bien una pasant¨ªa de dos a?os en un despacho de abogados o un a?o de pasant¨ªa m¨¢s otro realizando un curso de formaci¨®n pr¨¢ctica en una universidad o en un colegio de abogados. Despu¨¦s, para colegiarse hay que pasar un examen estatal.
- Reino Unido. Tiene diversos sistemas (ingl¨¦s, gal¨¦s, escoc¨¦s, norirland¨¦s). En Inglaterra, los abogados deben haber realizado, adem¨¢s de la licenciatura, un curso de pr¨¢ctica jur¨ªdica y otro de habilidades profesionales.
- B¨¦lgica. Una vez licenciado, el aspirante tiene que inscribirse en la lista de "aprendices" del colegio de abogados durante un m¨ªnimo de tres a?os. A lo largo de estos tres a?os tiene que aprobar un examen del colegio de abogados, validado por el Estado. Tras este periodo, puede ya apuntarse en la lista definitiva de abogados.
- Suiza. El licenciado en Derecho tiene que hacer una pasant¨ªa de un a?o en alg¨²n despacho profesional y aprobar despu¨¦s un examen del colegio de abogados.
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