El TC ampara al Ivex y anula una condena a pagar un aval de Tabares
El Alto Tribunal devuelve el asunto a la Audiencia de Valencia
El Tribunal Constitucional ha concedido el amparo al Ivex por vulneraci¨®n de la tutela judicial por parte de la Audiencia de Valencia. El Alto Tribunal anula la sentencia por la que fue obligado a pagar al KBC Bank 1,5 millones de euros por un aval firmado por el ex director general Jos¨¦ Mar¨ªa Tabares, condenado luego a cinco a?os de prisi¨®n precisamente por la irregularidad de las operaciones que avalaba.
El Instituto Valenciano de la Exportaci¨®n (Ivex) se libra, de momento, de pagar al KBC Bank 1,5 millones de euros. La causa vuelve a la secci¨®n s¨¦ptima de la Audiencia de Valencia por orden del Tribunal Constitucional al momento previo al pronunciamiento. La decisi¨®n del Alto Tribunal ampara un recurso presentado por el Ivex, que ahora dirige Maritina Hern¨¢ndez. El origen del conflicto judicial se remonta a 1999. Fue entonces cuando poco despu¨¦s de que Jos¨¦ Mar¨ªa Tabares fue relevado de su cargo se present¨® precisamente por la nueva direcci¨®n de la entidad una querella contra ¨¦l por irregularidades en su gesti¨®n respecto a operaciones realizadas en T¨²nez. Una de las irregularidades fue la suscripci¨®n de avales millonarios con cuatro entidades financieras que se fueron renovando sin que existiera posibilidad alguna de que las cantidades pudieran recuperarse. Las decisiones de Tabares y del empresario Jean Luc Lagier, due?o de las empresas afincadas en T¨²nez, en Francia y en B¨¦lgica que sirvieron para construir el rulo por el que discurrieron las sucesivas renovaciones de los avales, fueron delictivas. La Audiencia de Valencia les conden¨® a cinco a?os de prisi¨®n. El fallo est¨¢ pendiente de recurso. Pero paralelamente, los bancos, cuatro entidades, fueron reclamando la ejecuci¨®n de los avales y llegaron a los tribunales. En tres de los cuatro casos gan¨® el Ivex. La Audiencia entendi¨® que el instituto no era responsable de las acciones del que hab¨ªa sido su director general. Sin embargo, la secci¨®n s¨¦ptima de la Audiencia de Valencia (en la que cayeron dos de las cuatro reclamaciones) dict¨® dos fallos contradictorios en supuestos id¨¦nticos. Un voto particular advert¨ªa de ello. Y esa diferente posici¨®n, que incluso el fiscal ha entendido no argumentada y objeto de vulneraci¨®n de la tutela judicial, es la que ha anulado el Constitucional, pidi¨¦ndole a la sala que se pronuncie de nuevo y argumente al detalle su decisi¨®n.
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