Un jurista califica la medida de "inconstitucional"
El cese de la concejal Carmen Lobo aprobado ayer por el pleno del Ayuntamiento de Camas es "inconstitucional" y "carece de fundamento jur¨ªdico", seg¨²n Gerardo Ruiz Rico, catedr¨¢tico de Derecho Constitucional de la Universidad de Ja¨¦n.
El acuerdo vulnera el art¨ªculo 23 de la Carta Magna, seg¨²n Gerardo Ruiz Rico. El profesor explica que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha establecido que la condici¨®n de representante p¨²blico es del conjunto de los ciudadanos y no de un partido pol¨ªtico o de una administraci¨®n. A lo que hay que a?adir, expone, que la sentencia contra Lobo no es firme porque est¨¢ recurrida al Constitucional y, por tanto, est¨¢ suspendida la ejecuci¨®n de la misma.
El catedr¨¢tico considera que el pleno, seg¨²n la Ley de Bases del R¨¦gimen Local, carece de competencias sobre el estatuto de sus miembros y eso supone, afirma, que no puede tomar una decisi¨®n que suponga el cese o la suspensi¨®n de un cargo electo. Carmen Lobo, seg¨²n este constitucionalista, puede solicitar el amparo judicial ante la jurisdicci¨®n contencioso-administrativa.
En el mismo sentido, fuentes judiciales de la Audiencia de Sevilla manifestaron que el pleno de Camas no tiene capacidad legal para cesar a la concejal. "S¨®lo el tribunal sentenciador podr¨ªa pronunciarse cuando se le plantee el caso como un incidente en la ejecuci¨®n de la sentencia", explicaron. Y puntualizaron que el art¨ªculo 56 del C¨®digo Penal establece que la inhabilitaci¨®n especial para ocupar empleo o cargo p¨²blico se aplicar¨¢ cuando el delito tiene relaci¨®n con ese cargo p¨²blico. Esto no ocurre en este caso porque Carmen Lobo est¨¢ condenada por un delito de falsedad en documento privado.
El informe de la Secretar¨ªa del Ayuntamiento de Camas pone de manifiesto que "el acuerdo que se pudiera adoptar est¨¢ sujeto al r¨¦gimen de tutela administrativa y jurisdiccional a trav¨¦s de los recursos administrativos, contencioso-administrativos e incluso de los procedimientos de protecci¨®n de derechos fundamentales".
Tambi¨¦n dice el documento que ning¨²n tribunal ha se?alado en qu¨¦ momento comienza a ejecutarse la sentencia que condena a Carmen Lobo por un delito de falsedad en documento privado a un a?o y tres meses de prisi¨®n y a la inhabilitaci¨®n para el sufragio pasivo en ese tiempo.
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