El precedente de una iglesia en el barrio del Pilar
Tras 16 a?os de pleito, el Tribunal Supremo aprob¨® en junio del a?o pasado la demolici¨®n parcial de la iglesia de Nuestra Se?ora de las Fuentes, en el distrito de Fuencarral. Un lateral de la iglesia, que todav¨ªa se halla en pie, est¨¢ a 7,22 metros del n¨²mero 41 de la calle de Villa de Mar¨ªn, cuando la normativa urban¨ªstica establece que la distancia de separaci¨®n entre edificaciones no puede ser inferior a 12,62 metros.
Con su sentencia, el Supremo confirm¨® la legitimaci¨®n de cinco vecinos que ped¨ªan que se ejecutara la demolici¨®n del edificio. Un total de 12 de los 29 magistrados que deliberaron la sentencia en pleno formul¨® un voto particular disidente del fallo. Dos propietarios de sendos pisos en el inmueble iniciaron el pleito en 1990.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anul¨® la licencia de construcci¨®n del centro parroquial y declar¨® la obligaci¨®n del Ayuntamiento de Madrid y del Arzobispado de demoler la parte que sobrepasa el l¨ªmite establecido por la normativa municipal.
Luis Armada, gerente municipal de Urbanismo cuando se construy¨® la iglesia y actual viceconsejero de Transportes e Infraestructuras, fue condenado en 2003 a pagar una multa de 7.200 euros y qued¨® inhabilitado para ejercer durante un a?o y cuatro meses cualquier cargo en la Gerencia Municipal de Urbanismo. Se le acusaba de "un delito de desobediencia [a los jueces]" por no haber procedido al derribo parcial de la iglesia.
Misa de Rouco Varela
Un a?o antes, el cardenal arzobispo de la Di¨®cesis de Madrid, Antonio Mar¨ªa Rouco Varela, congreg¨® a un millar de fieles en la iglesia de Nuestra Se?ora de las Fuentes para pedir en la misa que no se derribara el templo. "Esta eucarist¨ªa es una gran oraci¨®n para que el Se?or convierta corazones, cambie corazones y as¨ª cambie tambi¨¦n decisiones y formas de actuar", afirm¨® en la homil¨ªa.
El 8 de marzo de 2000, 48 copropietarios del edificio aprobaron, con el voto en contra de otros cuatro, un acuerdo con el Arzobispado de Madrid por el que ambas partes se declaraban conformes con la situaci¨®n urban¨ªstica existente. La comunidad de propietarios se desentend¨ªa de la demolici¨®n y renunciaba a cualquier acci¨®n en el ¨¢mbito judicial. Previamente, el arzobispado se hab¨ªa comprometido a indemnizar a los vecinos con 600.000 euros (100 millones de pesetas).
Sin embargo, cuatro copropietarios que hab¨ªan votado en contra alegaron que este acuerdo no era v¨¢lido si no exist¨ªa unanimidad y pidieron personarse en el procedimiento. El Tribunal Supremo les dio la raz¨®n y consider¨® que, a pesar de no haber iniciado ellos el litigio, estaban legitimados para instar la ejecuci¨®n de la condena.
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