Justicia alerta a los registros para que eviten los matrimonios de conveniencia
El ministerio carece de cifras, pero calcula que hay centenares de casos al a?o
Los registros civiles de Espa?a rechazaron el a?o pasado la inscripci¨®n de 259 matrimonios. Los afectados recurrieron y volvieron a obtener la misma respuesta. La inmensa mayor¨ªa de esos casos son matrimonios de conveniencia y representan la punta del iceberg de un fen¨®meno de dimensiones desconocidas, pero que el Ministerio de Justicia estima en "cientos de casos" anuales. Por eso, la Direcci¨®n General de los Registros y del Notariado ha dictado una instrucci¨®n para evitar la consumaci¨®n de esos "matrimonios de complacencia", en terminolog¨ªa oficial.
El Ministerio de Justicia admite que el fen¨®meno de los matrimonios de conveniencia se ha disparado en Espa?a en los ¨²ltimos a?os, al igual que en el resto de Europa, pero su verdadero alcance se desconoce. En este sentido, aseguran que la inmensa mayor¨ªa de las parejas a las que se les niega la inscripci¨®n en el registro civil no recurren la decisi¨®n y lo vuelven a intentar al cabo de unos meses, porque la ley as¨ª lo permite.
La instrucci¨®n que ahora ha dado la Direcci¨®n General de los Registros y del Notariado se produce 11 a?os despu¨¦s de que se aprobase otra normativa para regular el expediente previo al matrimonio cuando uno de los dos c¨®nyuges est¨¢ domiciliado en el extranjero. Desde entonces, se asegura que se han detectado "cientos de casos" lo que ha resultado en un mayor control oficial.
De ah¨ª la necesidad de promulgar unas "orientaciones pr¨¢cticas" para evitar el fraude de ley que se produce cuando se celebran esos matrimonios con la ¨²nica finalidad de beneficiarse de las consecuencias legales que comporta estar casado. La legislaci¨®n espa?ola permite que al cabo de un a?o de la uni¨®n entre un extranjero y un espa?ol, aqu¨¦l pueda obtener la nacionalidad siempre que haya estado ese tiempo residiendo en Espa?a de manera "legal, continuada e inmediatamente anterior a la petici¨®n", seg¨²n establece el art¨ªculo 22.3 del C¨®digo Civil.
Negocios simulados
La realidad, sin embargo, es que en los matrimonios de conveniencia son simplemente "negocios jur¨ªdicos simulados" en los que la pareja no tiene ninguna intenci¨®n de adquirir derechos ni deberes, sino simplemente esperar que transcurra el a?o de plazo, acogerse a los beneficios de la ley e instar despu¨¦s la separaci¨®n o el divorcio.
Para hacer posible la uni¨®n lo m¨¢s habitual es que uno de los c¨®nyuges, normalmente el extranjero, pague al espa?ol una cantidad de dinero. En ocasiones tambi¨¦n son espa?oles de edad avanzada los que se casan con mujeres inmigrantes m¨¢s j¨®venes y que acaban qued¨¢ndose con parte de los bienes tras la ruptura. E incluso matrimonios entre dos extranjeros, pero las cifras concretas del fraude se desconocen.
Otra de las consecuencias de la legislaci¨®n espa?ola derivada del matrimonio es que permite al c¨®nyuge extranjero obtener una tarjeta de residencia en Espa?a. En este caso no hace falta que el extranjero mantenga "un v¨ªnculo de convivencia estable y permanente" con su c¨®nyuge, tal y como determin¨® una sentencia del Tribunal Supremo de 2004. La tarjeta de se renueva cada cinco a?os y para obtenerla es necesario tener primero un visado, pero si la persona est¨¢ casada con un espa?ol se le exime de ello.
La Direcci¨®n General del Registro explica que las pistas b¨¢sicas para detectar un matrimonio simulado provienen del desconocimiento por parte de uno de los c¨®nyuges de los datos personales y familiares b¨¢sicos del otro y de la inexistencia de relaciones previas de la pareja. Los datos que se sugieren preguntar y que pueden ser indicativos son: la fecha y lugar de nacimiento del otro, domicilio, profesi¨®n, aficiones relevantes, h¨¢bitos, anteriores matrimonios, n¨²mero y datos de los familiares m¨¢s pr¨®ximos de uno (hijos no comunes, padres, hermanos), as¨ª como las circunstancias en las que se conocieron.
Conocimiento suficiente
La instrucci¨®n relata que el encargado del registro dispone de margen para actuar en cada caso de manera distinta, que ha de realizar una valoraci¨®n conjunta y que no hace falta que descienda a los detalles concretos. Se ha de exigir, se dice, un conocimiento suficiente, pero no exhaustivo. A t¨ªtulo de ejemplo se cita que no es indicativo que un contrayente pueda detallar la ciudad en la que reside su futura pareja, pero que s¨ª lo es que no precise la calle o el piso.
Aunque se desconozcan algunos de esos datos, dice el Ministerio de Justicia, eso no basta para deducir si se trata de un matrimonio simulado si se prueba que la pareja ha mantenido relaciones antes del matrimonio, sean personales, por carta, por tel¨¦fono o Internet, que hayan durado y que hayan sido intensas. Tampoco presupone nada que se hayan conocido hace poco, ni que tengan una diferencia de edad significativa, ni que uno de los dos no aporte nada al matrimonio.
Justicia considera que de lo que se trata es de que los encargados de los registros adquieran la "certeza moral plena" de que est¨¢n ante un matrimonio simulado antes de denegarlo. Si no tienen esa convicci¨®n, se aconseja inscribir el matrimonio, porque si surgen nuevos datos siempre se puede anular.
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