El Constitucional deja en suspenso los planes de Aguirre para la M-50 y la R-1
El conflicto de competencias interpuesto por el Ejecutivo supone la paralizaci¨®n de los proyectos
El Tribunal Constitucional ha admitido a tr¨¢mite un conflicto instado por el Gobierno central contra la Comunidad de Madrid sobre la convocatoria de concursos para adjudicar contratos de consultor¨ªa y asistencia para la construcci¨®n del cierre norte de la M-50 y de dos tramos de la autopista de peaje R-1. La admisi¨®n a tr¨¢mite del conflicto implica la "suspensi¨®n inmediata" durante cinco meses de las disposiciones tomadas por el Ejecutivo de Esperanza Aguirre, pero si el Constitucional no dicta sentencia dentro de este plazo, deber¨¢ decidir si mantiene la suspensi¨®n por cinco meses m¨¢s o la levanta.
La construcci¨®n de la Radial 1 y el cierre de la M-50 han sido objeto de enfrentamiento en los ¨²ltimos meses entre el Gobierno central y el Ejecutivo regional. La ministra de Fomento, Magdalena ?lvarez, y la presidenta de la Comunidad, Esperanza Aguirre, no han logrado ponerse de acuerdo en este asunto, a pesar de que lo han puesto en la mesa de negociaciones cada vez que se han reunido. Aguirre ha intentado siempre asumir estas obras, pero la socialista ?lvarez le ha recordado que no tiene competencias para ello.
Cuando el Gobierno central considera que una disposici¨®n de una comunidad aut¨®noma no respeta el orden de competencias establecido en la Constituci¨®n, los estatutos de autonom¨ªa o las leyes org¨¢nicas, puede acudir al Constitucional y formalizar directamente un conflicto de competencia. Si adem¨¢s invoca, como ha hecho en este caso, la aplicaci¨®n del art¨ªculo 161.2 de la Constituci¨®n, "la impugnaci¨®n producir¨¢ la suspensi¨®n de la resoluci¨®n recurrida", seg¨²n expone el precepto, y el tribunal "deber¨¢ ratificarla o levantarla en un plazo de cinco meses".
Se trata, por tanto, de una suspensi¨®n aplicada mec¨¢nicamente por el Constitucional cuando el Ejecutivo hace uso de ese mecanismo, que le permite suspender cualquier norma o resoluci¨®n auton¨®mica desde el mismo momento de su impugnaci¨®n. La providencia de admisi¨®n va firmada por los magistrados de la Secci¨®n Cuarta, Vicente Conde Mart¨ªn de Hijas, Elisa P¨¦rez Vera y Ram¨®n Rodr¨ªguez Arribas. En consecuencia, el Alto Tribunal ha suspendido la vigencia de las resoluciones de la Comunidad desde el 23 de marzo de 2006, "fecha de la interposici¨®n del conflicto".
La resoluci¨®n dispone tambi¨¦n que se d¨¦ traslado de la demanda a la Comunidad "por conducto de su presidenta" para que en el plazo de 20 d¨ªas aporte "cuantos documentos y alegaciones considere convenientes".
Las normas suspendidas son, literalmente, "las resoluciones de 17 de noviembre de 2005 de la Secretar¨ªa General T¨¦cnica de la Consejer¨ªa de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, por las que se hacen p¨²blicas las convocatorias de concursos, por procedimiento abierto, para la adjudicaci¨®n de los contratos de consultor¨ªa y asistencia del Anteproyecto de Construcci¨®n y Explotaci¨®n de la obra "Cierre Norte de la M-50. Tramo A-6 a M-607" y del Anteproyecto de Construcci¨®n y Explotaci¨®n de la "Nueva carretera R-1. Tramo El Molar/M-12 y Cierre Norte de la M-50. Tramo 607/A-1".
El Constitucional a?ade que comunicar¨¢ el conflicto a la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Madrid por si las citadas resoluciones est¨¢n impugnadas o se impugnan, en cuyo caso se suspender¨ªa el proceso en el Tribunal Superior hasta que haya sentencia del Constitucional.
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