"La Constituci¨®n reconoce la realidad nacional de Andaluc¨ªa"
El texto del pre¨¢mbulo propuesto por el PSOE en la ponencia parlamentaria del nuevo Estatuto de Autonom¨ªa de Andaluc¨ªa se ha convertido en uno de los motivos de disputa pol¨ªtica entre socialistas y populares. Lo que sigue es un resumen del pre¨¢mbulo:
"Andaluc¨ªa, a lo largo de su historia, ha forjado una robusta y s¨®lida identidad que le confiere un car¨¢cter singular como pueblo, asentado desde ¨¦pocas milenarias en un ¨¢mbito geogr¨¢fico diferenciado, espacio de encuentro y de di¨¢logo entre civilizaciones diversas. Nuestro valioso patrimonio social y cultural es parte esencial de Espa?a, en la que andaluces y andaluzas nos reconocemos, compartiendo un mismo proyecto basado en los valores de justicia, libertad y seguridad, consagrados en la Constituci¨®n de 1978, baluarte de los derechos y libertades de todos los pueblos de Espa?a.
(...) El primer texto que plasma la voluntad pol¨ªtica de que Andaluc¨ªa se constituya como entidad pol¨ªtica con capacidad de autogobierno en la Constituci¨®n Federal Andaluza, redactada en Antequera en 1883. En la Asamblea de Ronda de 1918 fueron aprobados la bandera andaluza y el escudo andaluces.
Himno andaluz
Durante la II Rep¨²blica, el movimiento autonomista cobra un nuevo impulso. En 1933, las Juntas Liberalistas de Andaluc¨ªa aprueban el himno andaluz, se forma en Sevilla la Pro-Junta Regional Andaluza y se proyecta un Estatuto. Tres a?os m¨¢s tarde, la Guerra Civil rompe el camino de la autonom¨ªa al imposibilitar la tramitaci¨®n parlamentaria de un Estatuto ya en ciernes.
Las manifestaciones del 4 de diciembre de 1977 y el refer¨¦ndum de 28 de febrero de 1980 expresaron la voluntad del pueblo andaluz de situarse en la vanguardia de las aspiraciones de autogobierno de m¨¢ximo nivel en el conjunto de los pueblos de Espa?a.
(...) Andaluc¨ªa ha sido la ¨²nica Comunidad que ha tenido una fuente de legitimidad expresada en las urnas mediante refer¨¦ndum, lo que le otorga identidad propia y una posici¨®n incontestable en el seno de la configuraci¨®n territorial del Estado. As¨ª, la Constituci¨®n espa?ola, en su art¨ªculo 2, reconoce la realidad nacional de Andaluc¨ªa como nacionalidad.
(...) Transcurrida esta fruct¨ªfera etapa de experiencia auton¨®mica se hacen necesarias reformas que modernicen el modelo territorial (...) Reformas que al mismo tiempo desarrollen y perfeccionen los mecanismos de cohesi¨®n territorial, solidaridad y cooperaci¨®n institucional. (...) Hoy, como ayer, partimos de un principio b¨¢sico, el que plante¨® Andaluc¨ªa hace 25 a?os y que mantiene plenamente su vigencia: igualdad no significa uniformidad".
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