Condenado a 20 a?os de c¨¢rcel el polic¨ªa de Premi¨¤ que descuartiz¨® a su esposa
La Audiencia de Barcelona ha condenado a 20 a?os de prisi¨®n al polic¨ªa local de Premi¨¤ de Mar (Maresme) Juan Antonio Granadal Garrido, por el asesinato de su esposa, Mar¨ªa del Mar Mi?ana Adell. Despu¨¦s de cometerse el crimen, el hombre descuartiz¨® el cad¨¢ver, desfigur¨® la cara con sosa ca¨²stica para que no se le reconocera y lo escondi¨® en un ba¨²l de pl¨¢stico, aunque la sentencia no alude a estos hechos porque carecen de relevancia jur¨ªdica.
El crimen sucedi¨® el 23 de julio de 2003 en el domicilio familiar de Premi¨¤ de Dalt, pues la pareja viv¨ªa junta a pesar de que hab¨ªan firmado ante notario un convenio de separaci¨®n matrimonial. Ese d¨ªa, explica la resoluci¨®n, Granadal dispar¨® un tiro a la mujer cuando ella se encontraba durmiendo en el sof¨¢. Para amortiguar el ruido utiliz¨® dos cojines. El disparo, procedente de su arma reglamentaria, impact¨® en el h¨²mero del brazo izquierdo, por lo que el hombre golpe¨® la cabeza de la v¨ªctima con un objecto contundente hasta provocarle la muerte por el hundimiento del cr¨¢neo.
Durante el juicio celebrado con un jurado popular en la Audiencia de Barcelona, el acusado explic¨® que se le dispar¨® accidentalmente el arma mientras la estaba limpiando y que recordaba que la mujer falleci¨® a consecuencia de los hechos, pero explic¨® que a partir de entonces ignoraba lo ocurrido. La tesis de la fiscal que se evidenci¨® en la vista es que el hombre ten¨ªa un plan premeditado para deshacerse de la ex esposa, porque ten¨ªa un piso alquilado desde hac¨ªa un a?o en el que ten¨ªa pensado irse a vivir con otra mujer con la que manten¨ªa una relaci¨®n sentimental.
Agravante de parentesco
Los ex c¨®nyuges ten¨ªan dos hijos de corta edad, que est¨¢n bajo la tutela de la Generalitat y que deber¨¢n ser indemnizados con 250.000 euros cada uno. La sentencia, recogiendo el parecer del jurado, considera que el convenio de separaci¨®n ante notario de la pareja era por motivos puramente econ¨®micos y que el hombre y la mujer estaban unidos en matrimonio porque no hab¨ªan presentado demanda de separaci¨®n. Por este motivo, la sentencia aplica al hombre la agravante de parentesco y alude a que la "supuesta crisis matrimonial s¨®lo deb¨ªa afectar al acusado a la vista de la vista de la relaci¨®n extraconyugal que reconoci¨®".
La sentencia tambi¨¦n ha prohibido al acusado volver a Premi¨¤ de Mar y acercarse a menos de 1.000 metros de sus hijos, los padres y el hermano de la v¨ªctima cuando salga en libertad o de permiso penitenciario. La condena puede ser recurrida, como seguramente har¨¢ la defensa, ejercida por Alberto Gonz¨¢lez Jim¨¦nez, quien a pesar del pronunciamiento del jurado, que aprecia por unamidad que fue un asesinato, pidi¨® una condena de dos a?os de c¨¢rcel por homicidio imprudente. La ley proh¨ªbe al letrado que act¨²e as¨ª, pero lo hizo.
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