Los ayuntamientos har¨¢n VPO en el terreno que ceden los promotores
La futura Ley del Suelo no afectar¨¢ a los desarrollos en marcha
Los ayuntamientos tendr¨¢n que destinar a pisos protegidos (VPO) o dotaciones (polideportivos, escuelas...) los terrenos que los promotores les ceden por ley cuando se acomete un desarrollo urban¨ªstico, seg¨²n el anteproyecto de la Ley del Suelo. Ahora no existe esa obligaci¨®n. El documento fija controles para vigilar el cumplimiento en el futuro de este precepto para poner coto a la venta especulativa de suelo municipal. La nueva ley no tendr¨¢ car¨¢cter retroactivo, por lo que no afectar¨¢ a los desarrollos en marcha.
Los promotores tienen que ceder en la actualidad a los consistorios hasta un 10% del suelo urbanizado de su propiedad, un pago en especie por participar en el desarrollo de las ciudades. El destino de esos terrenos lo deciden ahora los ayuntamientos. El anteproyecto de la Ley del Suelo del Ministerio de Vivienda eleva ese porcentaje m¨¢ximo hasta el 15% y establece que esos suelos, si son residenciales, tendr¨¢n que destinarse a dotaciones o pisos protegidos, que tienen un precio m¨¢ximo y est¨¢n dirigidos a las familias que no pueden acceder al mercado libre.
Para que el objetivo se cumpla, el suelo residencial tendr¨¢ que venderse a un precio razonable como para que el proyecto sea rentable para el futuro constructor. En general, se estima que ese precio no deber¨ªa superar el 20% del precio legal de la vivienda protegida (este valor legal lo fija el Gobierno).
Otra de las novedades es que las condiciones de esa compraventa -entre ellas que tiene que hacerse VPO- tendr¨¢n que recogerse con detalle en el registro de la propiedad. De esta forma, si se vende el terreno a terceros quedar¨¢ claro que el destino del suelo no podr¨¢ ser otro que el inicialmente dispuesto por el Ayuntamiento. Ahora, como no hace falta incluir las condiciones de la operaci¨®n en el registro, el potencial tercer comprador puede alegar que desconoc¨ªa estas condiciones y destinar el suelo a vivienda libre y no a VPO.
El objetivo es reforzar los controles para impedir las ventas especulativas de suelos p¨²blicos en manos de los ayuntamientos, que muchas veces los consistorios subastan al mejor postor para obtener financiaci¨®n. De forma paralela, la utilizaci¨®n del registro persigue evitar las reventas en cadena de terrenos entre particulares que retienen el suelo a la espera de fuertes plusval¨ªas.
El Gobierno estima que esta obligaci¨®n no supone una intromisi¨®n del Estado en las competencias de las comunidades aut¨®nomas y los ayuntamientos, ya que el Tribunal Constitucional ha afirmado en alguna ocasi¨®n que est¨¢ justificado que el Estado decida qu¨¦ hay que hacer con el patrimonio p¨²blico de suelo cuando su uso afecte al conjunto de la econom¨ªa espa?ola.
Con esta nueva ley, el Gobierno persigue ayudar a moderar los precios del suelo, que se han disparado m¨¢s del 500% en la ¨²ltima d¨¦cada, de forma que el terreno llega a suponer la mitad del precio final de una vivienda.
As¨ª, el anteproyecto introduce medidas para evitar que el suelo se valore teniendo en cuenta las expectativas futuras de revalorizaci¨®n. Sin embargo, cuando la ley entre en vigor -a¨²n no hay fecha- no afectar¨¢ a los terrenos que formen parte del suelo urbanizable ya delimitado por el planeamiento, salvo que el propietario de ese suelo incumpla los plazos de ejecuci¨®n.
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