El Supremo reprocha a la Audiencia que no contrastara un testimonio
Absueltos cuatro 'narcos' condenados por el relato de un 'arrepentido'
El Tribunal Supremo ha absuelto a cuatro condenados como responsables de introducir en Espa?a un cargamento de coca¨ªna y ha reprochado a la Audiencia Nacional que fundamentase la condena en la ¨²nica prueba de la confesi¨®n de un arrepentido. A su vez, el Tribunal Constitucional ha anulado una sentencia del Supremo que consider¨® v¨¢lidas unas escuchas telef¨®nicas para condenar a otro presunto narco.
El Tribunal Supremo reprocha a la Audiencia Nacional que dictase una condena basada en una ¨²nica prueba, la versi¨®n de un arrepentido que cinco a?os despu¨¦s de los hechos dijo que se hab¨ªa introducido un alijo de coca¨ªna en las costas gallegas en 1990. Seg¨²n la sentencia de la Audiencia, la droga proceder¨ªa de Belem (Brasil), y habr¨ªa llegado a bordo del buque Grampian Admiral. A mitad de la traves¨ªa, el buque se qued¨® sin combustible en mitad del Atl¨¢ntico, por lo que fue necesario llegar hasta ¨¦l con una segunda embarcaci¨®n que le aprovision¨® para concluir el viaje. La coca¨ªna habr¨ªa sido introducida despu¨¦s por la costa desde una planeadora.
Esta denuncia fue archivada por el juez Baltasar Garz¨®n, al considerar que el denunciante ten¨ªa poco cr¨¦dito. Sin embargo, la Sala de lo Penal le oblig¨® a reabrir el procedimiento, que finalmente fue juzgado y sentenciado con penas de c¨¢rcel para cuatro de los denunciados por el arrepentido.
Seg¨²n la sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn, la figura del arrepentido es "incuestionablemente valiosa" para enfrentarse a la delincuencia organizada, por lo que no se objeta nada a su utilizaci¨®n ni al "posible premio penitenciario".
Falta de rigor
Pero lo que "resulta peligroso para la credibilidad del sistema" es la elevaci¨®n "a la categor¨ªa de elemento probatorio reverencial" de su testimonio sin realizar un riguroso examen, "no s¨®lo de sus posibles motivaciones, sino, sobre todo, de la veracidad, fiabilidad, realidad y seriedad de las acusaciones".
El Supremo subraya las numerosas imprecisiones del relato del arrepentido y critica que no haya merecido de la Audiencia Nacional "ni el m¨¢s m¨ªnimo contraste objetivo, cuando los elementos necesarios para realizar las comprobaciones surg¨ªan natural y espont¨¢neamente de la propia imputaci¨®n".
Por otra parte, el Tribunal Constitucional ha anulado las grabaciones telef¨®nicas que sirvieron para condenar a un presunto traficante de drogas a cinco a?os de c¨¢rcel. El alto tribunal se?ala que la orden judicial para decretar las intervenciones no estuvo motivada, y denuncia un "defectuoso" control judicial posterior de la misma.
La sentencia de la Audiencia de Ja¨¦n, ratificada por el Supremo, consider¨® v¨¢lidas las conversaciones grabadas a dos personas y el testimonio de los guardias civiles que las vigilaron para llegar a la conclusi¨®n de que una iba a entregar un kilo de coca¨ªna a la otra.
El Constitucional ha apreciado, sin embargo, que en la intervenci¨®n de las comunicaciones no se especific¨® la "fuente de conocimiento" de la actividad delictiva y el juez no comprob¨® el resultado de las escuchas antes de prorrogarlas.
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