El Supremo desestima el recurso administrativo del 'caso funeraria'
Anulada una anterior sentencia del Tribunal Superior de Madrid
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso contencioso-administrativo por el caso funeraria y pone fin as¨ª a la v¨ªa administrativa del proceso, iniciada hace 14 a?os, por el socialista Juan Barranco. ?ste recurri¨® las condiciones de la venta ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que le dio la raz¨®n y las anul¨®. El Ayuntamiento recurri¨® la sentencia del TSJ y ahora el supremo le ha dado la raz¨®n.
El caso funeraria data de 1992, cuando el Ayuntamiento, gobernado por Jos¨¦ Mar¨ªa ?lvarez del Manzano, del PP, vendi¨® el 49% de la funeraria municipal por 0,6 euros a Funespa?a. El PP aleg¨® que la funeraria era ruinosa, pero meses despu¨¦s arrojaba ping¨¹es beneficios.
El Tribunal Supremo ha zanjado uno de los dos procesos del caso funeraria. Ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el ex alcalde y hoy senador socialista Juan Barranco contra el pliego de condiciones de privatizaci¨®n de la funeraria municipal. Pero la v¨ªa penal a¨²n est¨¢ abierta.
El Grupo Socialista decidi¨® entonces interponer un recurso contencioso-administrativo contra las condiciones de la venta, aprobadas por el Ayuntamiento el 7 de octubre de 1992. El recurso fue admitido a tr¨¢mite por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que en enero de 2003 decidi¨® anular el concurso de privatizaci¨®n de la funeraria municipal.
El Tribunal Superior consider¨® que los pliegos de la privatizaci¨®n con los que el Ayuntamiento vendi¨® el 49% de la funeraria municipal y cedi¨® la gesti¨®n a Funespa?a eran poco claros. Seg¨²n este tribunal, el Consistorio debi¨® acudir a una subasta p¨²blica, donde pudieran concurrir otras empresas y vender la funeraria al mejor postor. El mismo tribunal considera que no se entiende si lo que pretend¨ªa el Ayuntamiento era facilitar la gesti¨®n privada de una empresa p¨²blica o vender las acciones.
El Ayuntamiento de Madrid recurri¨® esta sentencia ante el Tribunal Supremo, que ahora le ha dado la raz¨®n y deja sin efecto la sentencia del Tribunal Superior.
Pero el proceso penal en el caso funeraria a¨²n est¨¢ abierto. IU tambi¨¦n acudi¨® a los tribunales en 1992. Interpuso una denuncia por v¨ªa penal por las presuntas irregularidades de los tres concejales del PP implicados en el caso: Luis Mar¨ªa Huete, Sim¨®n Vi?als y Antonio Moreno.
Durante m¨¢s de cuatro a?os, el caso estuvo en manos de la fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n. En 1999 se inici¨® la instrucci¨®n del caso en el Tribunal Superior porque Huete era en ese momento diputado regional. La investigaci¨®n se prolong¨® otros tres a?os. En abril de 2002, el fiscal pidi¨® 25 a?os de c¨¢rcel para Huete, Vi?als, Moreno, acusados de prevaricaci¨®n, malversaci¨®n de fondos p¨²blicos, maquinaci¨®n para alterar el precio de las cosas y tr¨¢fico de influencias.
El proceso ha sufrido repetidos retrasos. En 2003, el Tribunal Superior detuvo el caso para que no coincidiera con las elecciones, y no politizarlo, seg¨²n In¨¦s Saban¨¦s, de IU.
Poco despu¨¦s el fiscal pidi¨® que el caso fuera traspasado a la Audiencia Provincial, puesto que Huete hab¨ªa dejado de ser diputado regional. El Tribunal Superior tiene potestad para juzgar a diputados, pero los concejales deben ser procesados por la Audiencia.
El ¨²ltimo par¨®n sufrido por el proceso penal se produjo hace un mes, cuando el magistrado de la Audiencia Provincial Juan Jos¨¦ L¨®pez se inhibi¨® del caso por amistad ¨ªntima con dos de los letrados que defienden a los imputados: Huete, Vi?als y Moreno. Saban¨¦s aclar¨® ayer que la sentencia dictada ahora por el Supremo "no tiene nada que ver con la v¨ªa penal, que inculpa a tres ex concejales del PP, entre otros", y que sigue su curso.
Vista oral el 17 de junio
Saban¨¦s record¨® que la Audiencia Provincial de Madrid ha fijado para el pr¨®ximo 17 junio la vista oral del proceso penal del caso funeraria, tras 14 a?os de investigaciones y retrasos. La edil de la coalici¨®n mostr¨® su sorpresa por la coincidencia, con dos d¨ªas de diferencia, entre la sentencia del Supremo y el auto de la Audiencia fijando la vista oral tras 14 a?os de dilaci¨®n. ?sta precis¨® que acata "la sentencia del Supremo", pero no entiende "los argumentos que le llevan a desestimar el recurso contencioso-administrativo".
El concejal socialista ?scar Iglesias manifest¨®, tras conocer la sentencia del Supremo, que "pierden los madrile?os porque se permite que una empresa p¨²blica rentable se quede en manos de unas pocas manos privadas". Tambi¨¦n mostr¨® su sorpresa porque "tras las irregularidades detectadas por la fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y la Audiencia, ahora el Supremo legitima la venta". Iglesias considera que los servicios funerarios tienen que ser p¨²blicos.
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