La Ley de Igualdad
Comienza el curso parlamentario con una agenda que incluye la tramitaci¨®n de la Ley sobre la Igualdad entre hombres y mujeres, cuyo proyecto se aprob¨® el 23 de junio en el Consejo de Ministros. Se trata, seg¨²n las encuestas, de una de las iniciativas legislativas de este Gobierno que ha tenido ¨ªndices de aceptaci¨®n m¨¢s altas en la ciudadan¨ªa.
Independientemente de las disposiciones concretas a las que se refiere, la ley introduce planteamientos muy importantes como son las acciones positivas, la transversalidad y un enfoque nuevo de las pol¨ªticas de igualdad.
Las acciones positivas son medidas a favor de las mujeres, para corregir situaciones patentes de desigualdad respecto a los hombres, que adopta la Administraci¨®n para hacer efectivo el principio constitucional de igualdad. Obviamente, estas medidas se utilizan en tanto existan las situaciones mencionadas y tienen que ser razonables y proporcionadas en relaci¨®n con el objetivo. Un ejemplo de acci¨®n positiva es la propuesta de cambio, en la Ley de R¨¦gimen Electoral General para conseguir una composici¨®n equilibrada entre mujeres y hombres en las listas electorales, de forma que las personas de cada sexo no superen el 60%, ni sean menos del 40%. Es una propuesta a la que el Consejo de Estado no ha puesto objeciones y que permitir¨¢ que las mujeres intervengan en pol¨ªtica, tan bien o tan mal como los hombres, sin depender s¨®lo de que las c¨²pulas de sus partidos (mayoritariamente masculinas) tengan a bien el permit¨ªrselo.
El concepto de transversalidad en las pol¨ªticas de igualdad se ha ido configurando a partir de la evidencia de que las acciones positivas y los programas espec¨ªficos no logran transformar la igualdad legal en igualdad real porque se interpretan y se desarrollan como un tema, o un problema, s¨®lo de las mujeres, gestionado por peque?os organismos en donde, como ocurre con el Instituto de la Mujer, un pu?ado de esforzadas se enfrenta a los elementos. Desde la Conferencia de Naciones Unidas en Beijing, se ha comenzado a entender que la igualdad no s¨®lo es un tema que afecte a las mujeres, ni siquiera una responsabilidad social de todas las personas, hombres y mujeres, que defienden unas normas justas. Es que, adem¨¢s, importan much¨ªsimo en pol¨ªticas generales como la educaci¨®n, el empleo o la salud. Esto se vio primero en los pa¨ªses en v¨ªas de desarrollo pero despu¨¦s se ha demostrado cierto para todos los dem¨¢s. O sea, es un asunto de ida y vuelta: las mujeres no acceder¨¢n a la igualdad real s¨®lo con pol¨ªticas para ellas y las pol¨ªticas generales nunca ser¨¢n de verdad generales, si no incluyen la dimensi¨®n de g¨¦nero en su dise?o, su realizaci¨®n y sus objetivos.
Vamos a ver, despu¨¦s de este verano donde cada d¨ªa nos desayun¨¢bamos con una historia m¨¢s terrible que la del d¨ªa anterior de violencia dom¨¦stica, de genero o machista (tanto da, aqu¨ª todo el mundo sabe de qu¨¦ se trata), ?alguien tiene alguna duda de que esa violencia de "la mat¨¦ porque era m¨ªa" tiene que empezar a combatirse en la escuela y con una educaci¨®n diferente y que tiene alguna explicaci¨®n m¨¢s all¨¢ de que haya mucho trastornado, "sobre todo emigrante", o de las mujeres se est¨¢n "saliendo del tiesto"? Otro ejemplo, esta vez sobre la relaci¨®n entre el trabajo femenino y el cuidado de ni?os, enfermos o ancianos. Las pol¨ªticas sociales tienen que tener en cuenta la esperanza de vida, la natalidad, las pensiones... much¨ªsimas cosas. Pero si no tienen en cuenta el trabajo de las mujeres, tanto en lo que se refiere a estos cuidados como al asalariado propiamente dicho, no funcionar¨¢n.
El proyecto de Ley que estamos comentando asume este marco y en consecuencia pone deberes a los diferentes ministerios: Vivienda, Sanidad, Educaci¨®n, etc¨¦tera, y tambi¨¦n muchos deberes al de Administraciones P¨²blicas que tiene la importante tarea de conseguir que el Estado sea el primero en dar ejemplo.
Como analiza certeramente Constanza Tibio en su libro Madres que trabajan, dilemas y estrategias, la situaci¨®n del trabajo femenino en Espa?a ha cambiado radicalmente. Ahora las familias con hijos menores en las que ambos c¨®nyuges trabajan a jornada completa representan ya una mayor¨ªa, el 43%, frente a un 42% de familias en las que s¨®lo uno de los miembros de la pareja trabaja y un 10% en las que uno tiene jornada completa y el otro tiene un empleo a tiempo parcial.
Las mujeres que trabajan ya no son la excepci¨®n, sino la regla, y lo excepcional ser¨¢n cada vez m¨¢s las familias con un ¨²nico perceptor de renta. Espa?a se encuentra en esta situaci¨®n con, hasta la fecha, muy pocas pol¨ªticas de apoyo: mayormente las abuelas y la doble jornada de trabajo de las mujeres han permitido ir parcheando la cosa. Pero la situaci¨®n no da m¨¢s de s¨ª y aparecen disfunciones por todos conocidas, desde la baja tasa de natalidad hasta los mayores que nadie puede cuidar. A las pol¨ªticas cuyo objetivo es hacer frente a las tensiones entre la vida familiar y laboral se les sueles llamar pol¨ªticas de conciliaci¨®n. Pero hay muchas formas de entender la conciliaci¨®n. Una de ellas es que las mujeres se concilien consigo mismas, es decir que sigan asumiendo la responsabilidad del cuidado familiar favoreciendo el que, adem¨¢s, tengan un empleo a tiempo parcial o temporal. Las mujeres dedican al trabajo asalariado un tiempo residual. Otro modelo de conciliaci¨®n entre mujeres es el recurso a mano de obra femenina asalariada por parte de mujeres que lo puedan pagar. En ninguno de los dos casos tienen que alterarse necesariamente los papeles tradicionales dentro de la familia, ni cambiar la forma de trabajo en las empresas. Todo lo m¨¢s hay que reforzar y favorecer los permisos y las excedencias que utilizan las mujeres para cuidar a la familia y aqu¨ª todos tan contentos.
Pero no se trata de eso, aunque siempre, y por supuesto, vaya a haber situaciones intermedias o de transici¨®n. Se trata, sobre todo, de que la conciliaci¨®n sea hacer compatible tener familia y tener trabajo para ambos sexos. O sea que hombres y mujeres se puedan conciliar porque comparten los espacios. Para esto tienen que entrar en el juego, desde luego los hombres, pero adem¨¢s las empresas y el Estado. Este ¨²ltimo con servicios como los de atenci¨®n infantil y para personas mayores.
La Ley de Igualdad se inscribe en el segundo modelo y avanza propuestas en esta direcci¨®n: los planes de igualdad en las empresas, o los permisos de paternidad exclusivos para el padre abren la puerta a ese cambio hacia un modelo m¨¢s igualitario y marcan, junto a las acciones positivas y la transversalidad, un marco normativo coherente.
Las iniciativas que incluye el proyecto de Ley van a requerir recursos para su implantaci¨®n. Sobre todo en los ministerios con mayor implicaci¨®n, habr¨¢ que dedicar horas de trabajo y mucha convicci¨®n a una tarea que no es nada f¨¢cil.
(*) Carmen Mart¨ªnez Ten es miembro del Consejo de Seguridad Nuclear. Suscriben conjuntamente este art¨ªculo Carmen Alborch, Elena Arnedo, Paca Sauquillo y 20 firmas m¨¢s.
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