El Defensor recurre el Estatuto catal¨¢n porque "vulnera la igualdad"
![Luis R. Aizpeolea](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2Ff032c279-3573-47a5-a57d-a7b6f47e9b37.png?auth=52e2cc61bf66c3e2879814e3c93a226021616ea94cf5743439c78732fc137c24&width=100&height=100&smart=true)
El defensor del pueblo, Enrique M¨²gica, aleg¨® ayer el "valor superior de la igualdad" en que "se basa la Constituci¨®n" para argumentar el recurso de inconstitucionalidad que ha presentado contra el Estatuto catal¨¢n. El recurso, que afecta a 112 art¨ªculos y cuatro disposiciones adicionales, abarca siete aspectos del Estatuto: origen del poder; derechos y deberes; lengua; S¨ªndic de Greuges; Justicia; r¨¦gimen competencial y bilateralidad.
M¨²gica insisti¨®, en la presentaci¨®n del recurso, en su "independencia pol¨ªtica" y de la instituci¨®n que representa y en su obligaci¨®n de "defender los derechos de todos los ciudadanos" de acuerdo con la Constituci¨®n. Record¨® las quejas recibidas por el Defensor del Pueblo -500 s¨®lo referidas al tratamiento de la lengua-, as¨ª como el apoyo recibido por el Estatuto, que "fue del 35,7% de los ciudadanos con derecho a voto".
Origen de los poderes. El recurso considera que el origen de los poderes de la Generalitat proclamado en el Estatuto -el pueblo de Catalu?a y los derechos hist¨®ricos del pueblo catal¨¢n- expresa "una diferenciaci¨®n inadmisible respecto del principio de la soberan¨ªa nacional que, seg¨²n la Constituci¨®n, reside en el pueblo espa?ol". A juicio de M¨²gica, "esa diferenciaci¨®n da lugar, como consecuencia, a desigualdades evidentes para una parte de los ciudadanos espa?oles".
Derechos y deberes. Considera que este cap¨ªtulo genera "desigualdad" entre los espa?oles al establecer un listado de derechos y deberes, as¨ª como de principios rectores, "impropio de una norma de este rango, carente de justificaci¨®n alguna y que puede llegar a obstaculizar las propias funciones legislativas de las Cortes".
Lenguas. Destaca la "especial importancia" de este cap¨ªtulo debido a las quejas de ciudadanos de Catalu?a. El recurso se basa en "la imposici¨®n estatutaria del deber general de conocimiento de la lengua catalana; exclusi¨®n pr¨¢ctica de la lengua cooficial castellana en las relaciones del ciudadano con la Administraci¨®n, en el sistema educativo y en la toponimia; extensi¨®n del deber de conocimiento del catal¨¢n a las relaciones comerciales coartando la libertad de opci¨®n lingu¨ªstica, y con ello la libertad de expresi¨®n, y hasta la misma libertad de empresa; ampliaci¨®n de esas limitaciones y restricciones incluso a las relaciones con ¨®rganos constitucionales o de relevancia constitucional".
S¨ªndic de Greugues. Considera inconstitucional "el car¨¢cter exclusivo que atribuye a la supervisi¨®n del S¨ªndic respecto de la actividad de la Administraci¨®n de la Generalitat", as¨ª como "una evidente limitaci¨®n a la garant¨ªa que por v¨ªa de la actuaci¨®n del Defensor del Pueblo ofrece a todos los ciudadanos".
Justicia. El recurso se centra en los preceptos referentes al Poder Judicial, la Administraci¨®n de justicia y otros ¨®rganos en su articulaci¨®n con la Generalitat. Considera que el Consejo de Justicia de Catalu?a, como ¨®rgano de gobierno del poder judicial de Catalu?a, act¨²a de "forma desconcentrada" respecto del Consejo General del Poder Judicial.
Competencias. Estima inconstitucional "la regulaci¨®n estatutaria excluyente, pormenorizada y detallada de materias, lo que reduce, de hecho, los m¨¢rgenes de interpretaci¨®n propios del Estado en el ejercicio de sus t¨ªtulos competenciales".
Principio de bilateralidad. Considera inconstitucionales los preceptos que regulan las relaciones entre entre el Estado y la Generalitat porque "afectan a la igualdad entre territorios y entre ciudadanos".
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