El Poder Judicial no expedienta a la juez que se neg¨® a casar gays
La Comisi¨®n Disciplinaria del Consejo rechaza la propuesta de la Inspecci¨®n por 3 votos a 2
La Comisi¨®n Disciplinaria de Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) rechaz¨® ayer expedientar a la juez Laura Alabau, responsable del Registro Civil de D¨¦nia (Alicante), por unas declaraciones en las que manten¨ªa que estaba siendo "perseguida por el aparato propagand¨ªstico del Gobierno" tras paralizar tres expedientes de matrimonio entre homosexuales. Los cinco consejeros de ese ¨®rgano decidieron incoar por tres votos a dos diligencias informativas en contra del criterio de la Inspecci¨®n del Consejo que hab¨ªa solicitado la apertura de expediente disciplinario.
El rechazo a la propuesta del inspector y su sustituci¨®n por las diligencias informativas "con el fin de proseguir la investigaci¨®n de los hechos" sali¨® adelante con los votos de los dos consejeros conservadores, Carlos R¨ªos y Enrique L¨®pez, a los que se uni¨® el no adscrito, Agust¨ªn Azp¨¢rren. Los vocales progresistas, Montserrat Comas y Alfons L¨®pez Tena, defendieron la apertura del expediente por la comisi¨®n de dos faltas: una grave del art¨ªculo 418.3 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial -dirigir a las autoridades felicitaciones o censuras- y una leve -la desatenci¨®n o desconsideraci¨®n con miembros del Ministerio Fiscal- por haber criticado al teniente fiscal de Alicante, Juan Carlos L¨®pez Coig, del que dijo que se hab¨ªa convertido en un "ap¨¦ndice del Gobierno".
La juez mantuvo paralizados tres bodas gays desde julio de 2005 con el fin de cuestionar la constitucionalidad de esos matrimonios ante el Tribunal Constitucional que, cinco meses despu¨¦s, ni siquiera admiti¨® la cuesti¨®n a tr¨¢mite. La responsable del Registro Civil de D¨¦nia critic¨® una interpretaci¨®n de la Direcci¨®n General de Registros y del Notariado que manten¨ªa que ese tipo de jueces no pod¨ªan cuestionar la legalidad de esas uniones diciendo que era "ilegal" y que estaba motivada "por intereses pol¨ªticos y propagand¨ªsticos".
El servicio de Inspecci¨®n consider¨® que esas declaraciones conten¨ªan "expresiones de evidente censura" que no pueden ampararse en la libertad de expresi¨®n, ya que este derecho "no comprende excesos que llegan a descalificaciones, quebrantando el orden jur¨ªdico", por lo que solicit¨® la apertura de expediente.
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