Si es hombre, padre; si es mujer, a adoptar
La Ley de Reproducci¨®n Asistida olvida la posibilidad de matrimonio entre lesbianas
Imagine que usted tiene una esposa y que ella se somete a un tratamiento de reproducci¨®n asistida. Y que es necesario, por la raz¨®n que sea, esperma de un donante. El hijo no ser¨¢ biol¨®gicamente suyo. Pero usted y su mujer, los dos, han decidido tener un ni?o a trav¨¦s de ese tratamiento, y desean aparecer los dos como progenitores en el Registro Civil.
Pues bien, si usted es hombre, podr¨¢ hacerlo f¨¢cil y r¨¢pidamente. Si es mujer, no. As¨ª lo ha dispuesto la Ley de Reproducci¨®n Asistida aprobada en las Cortes el pasado marzo. Casi un a?o despu¨¦s de que se reformara el C¨®digo Civil para permitir matrimonios entre personas del mismo sexo, que los equipara, a todos los efectos -incluida la adop-ci¨®n- a los enlaces heterosexuales.
Contradiciendo esta norma, en la Ley de Reproducci¨®n Asistida el tratamiento es muy distinto en funci¨®n de la composici¨®n del matrimonio. En el caso de que est¨¦ formado por una pareja heterosexual, el marido, aunque no sea el padre biol¨®gico del ni?o -concebido gracias al semen de un tercero, el donante an¨®nimo- puede inscribirse como padre directamente en el Registro Civil. Pero si es una mujer casada con otra la que lo solicita, la obligan a pasar por un procedimiento de adopci¨®n, mucho m¨¢s largo y complicado. Esta ley est¨¢ redactada como si nunca se hubiera reformado el C¨®digo Civil para permitir enlaces entre personas del mismo sexo, y habla de mujeres casadas como si s¨®lo pudieran estarlo con un "marido", y no con otra mujer.
El art¨ªculo 6 dispone que "Si la mujer estuviera casada, se precisar¨¢, adem¨¢s, el consentimiento de su marido...". Y el art¨ªculo 7, al hablar de la determinaci¨®n legal de la filiaci¨®n, se?ala que "Ni la mujer progenitora ni el marido, cuando hayan prestado su consentimiento formal, previo y expreso a determinada fecundaci¨®n con contribuci¨®n de donante o donantes, podr¨¢n impugnar la filiaci¨®n matrimonial del hijo nacido como consecuencia de tal fecundaci¨®n".
Ese punto clave de la Ley qued¨® sin modificar y es hoy el que varias asociaciones de homosexuales critican, apuntando a la oportunidad perdida con la reforma reciente. Enfrascados en el debate sobre la investigaci¨®n con embriones, los legisladores no cayeron en que la situaci¨®n hab¨ªa cambiado, y mantuvieron la referencia al marido, que estaba en la ley desde su primera redacci¨®n, en 1988.
Ning¨²n diputado quiso entrar en la posibilidad, real, legal y perfectamente v¨¢lida desde el 3 de julio de 2005, de que la mujer tenga una esposa.
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