Mena ordena mano dura en los agresiones a profesores y personal sanitario
El fiscal jefe de Catalu?a, Jos¨¦ Mar¨ªa Mena, ha cursado una instrucci¨®n en la que emplaza a los fiscales a que acusen por un delito de atentado cuando se produzcan agresiones a profesores o a personal sanitario. Mena asegura que estos profesionales "personifican y garantizan el disfrute efectivo del derecho a la educaci¨®n o a la salud" y que, por ello, merecen que se les proteja con la ley.
La instrucci¨®n del fiscal jefe ordena que en estos casos se impute el delito de atentado previsto en el art¨ªculo 550 del C¨®digo Penal, que se refiere al uso de la fuerza o intimidaci¨®n grave contra los polic¨ªas o funcionarios p¨²blicos que se encuentren desempe?ando sus funciones. En el caso de los profesionales de la sanidad o de la ense?anza la pena prevista oscilar¨ªa entre uno y tres a?os de c¨¢rcel.
La iniciativa de Jos¨¦ Mar¨ªa Mena se produce despu¨¦s de que en las ¨²ltimas semanas hayan trascendido diversos casos de agresiones a profesores, que les llev¨® a manifestarse hace unos d¨ªas por las calles de Barcelona. La instrucci¨®n del fiscal jefe est¨¢ en la misma l¨ªnea de la que ya anunci¨® su hom¨®logo en Andaluc¨ªa.
En el caso de la orden dictada por Mena, ¨¦ste explica que las agresiones a los profesores, adem¨¢s de un menoscabo de su integridad f¨ªsica y moral, supone una perturbaci¨®n de la funci¨®n p¨²blica que desarrollan y que eso entorpece el disfrute de los derechos constitucionales a la educaci¨®n y la salud. Por eso, el fiscal razona que las agresiones a los profesionales de la educaci¨®n o la sanidad "merecen la m¨¢s severa perspectiva jur¨ªdico-penal".
Abundante jurisprudencia
Mena relata la numerosa jurisprudencia que avala la consideraci¨®n de funcionario p¨²blico a profesores y personal sanitario, desde el punto de vista penal y no administrativo. As¨ª, recuerda el caso de una sentencia dictada por el Tribunal Supremo en 1991 en el caso de un catedr¨¢tico de universidad agredido tras un examen por un estudiante suspendido. Otra sentencia la dict¨® en 1995 la Audiencia de Murcia y consider¨® atentado la agresi¨®n a un director de colegio p¨²blico agredido por no atender las peticiones del padre de un alumno.
La Audiencia de C¨¢diz tambi¨¦n consider¨® como atentado en el a?o 2000 la agresi¨®n que sufri¨® un jefe de estudios de un colegio p¨²blico. En el caso del ¨¢mbito sanitario, una sentencia de 1993 del Tribunal Supremo consider¨® funcionarios p¨²blicos a un m¨¦dico y a un enfermero.
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