25 a?os para la indemnizaci¨®n de un envenenamiento masivo
El Poder Judicial admite demoras injustas en el pago a 19 afectados de la colza
Veinticinco a?os despu¨¦s de que se registrara la primera muerte causada por la ingesta de aceite de colza desnaturalizado, cuando se cumplen ocho a?os desde que la Audiencia Nacional ordenara el pago de indemnizaciones a los m¨¢s de 19.000 afectados por la intoxicaci¨®n masiva del s¨ªndrome t¨®xico, el Consejo General del Poder Judicial considera que la Justicia fall¨® en el resarcimiento de 19 personas. El ¨®rgano de gobierno de los jueces admite que la Audiencia Nacional "se estanc¨®" en la liquidaci¨®n de los pagos, que tardaron en llegar a los bolsillos de los perjudicados entre cinco y siete a?os desde que presentaron sus solicitudes de liquidaci¨®n. Ese retraso les dar¨ªa derecho a una nueva indemnizaci¨®n si el Ministerio de Justicia, que tiene la ¨²ltima palabra, sigue ese mismo criterio.
Los 19 afectados a los que ahora el Consejo da la raz¨®n, presentaron sus reclamaciones patrimoniales en ese ministerio alegando un funcionamiento anormal de la Administraci¨®n de justicia. Despu¨¦s de que el Tribunal Supremo condenara al Estado, como responsable civil subsidiario, a pagar las indemnizaciones de los m¨¢s de 20.000 afectados en 1997, la Audiencia Nacional abri¨® el plazo para que ¨¦stos presentaran sus solicitudes el 13 de marzo del a?o siguiente. Ese proceso, que reparti¨® entre ellos 2.375 millones de euros seg¨²n las lesiones sufridas, se ha dilatado ocho a?os. El pasado 27 de abril, cuando se cumplieron 25 a?os de este fraude alimentario, todav¨ªa quedaban 36 v¨ªctimas por cobrar. Los 19 recurrentes recibieron sus indemnizaciones el a?o pasado, siete a?os despu¨¦s de haberlas reclamado.
Josefa Gallego, por ejemplo, v¨ªctima del envenenamiento masivo, present¨® su solicitud el 19 de diciembre de 1999, pero la Audiencia no acord¨® el mandamiento de pago hasta el 24 de junio de 2005. Los herederos de Luisa Bolea, tambi¨¦n afectada por el s¨ªndrome t¨®xico, pidieron su resarcimiento el 20 de junio de 2000, pero no vieron ni un c¨¦ntimo hasta pasados cinco a?os. "De lo anterior se deduce el excesivo e injustificado transcurso de tiempo desde que se puede solicitar la ejecuci¨®n de la sentencia hasta la liquidaci¨®n definitiva, que si bien puede ser entendido desde las circunstancias concurrentes en el procedimiento, no puede suponer la lesi¨®n del derecho a la tutela judicial efectiva", estima el Consejo.
Su informe observa "un claro estancamiento de las actuaciones liquidatorias, en la medida en que el acuerdo judicial por el que se inicia el procedimiento se adopta con un retraso de m¨¢s de cinco a?os desde el registro inicial de la solicitud". Justifica esa demora por la complejidad del proceso, al que concurrieron casi 20.000 personas, pero subraya que esas circunstancias no privan a los solicitantes "de su leg¨ªtimo derecho a obtener una respuesta judicial eficiente y en plazo razonable".
Ahora es Justicia quien tiene que decidir si estima o no las reclamaciones de estas 19 v¨ªctimas. En caso de que les d¨¦ la raz¨®n, se acordar¨¢ una nueva indemnizaci¨®n que, con suerte, no tardar¨¢ en llegar otros 25 a?os.
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