Obispos y jueces
No es lo mismo predicar que dar trigo. La reciente instrucci¨®n pastoral del episcopado contiene una loable exigencia a los poderes p¨²blicos: que respeten "escrupulosamente la autonom¨ªa del Poder Judicial y la libertad de los jueces". No hab¨ªa pasado una semana y el portavoz de los obispos, Juan Antonio Mart¨ªnez Camino, dej¨® claro que es m¨¢s f¨¢cil proclamar orientaciones morales que cumplirlas. Preguntado sobre el proceso abierto en Granada contra el arzobispo Francisco Javier Mart¨ªnez, por presuntos delitos de injurias y calumnias, acoso moral, coacciones y lesiones psicol¨®gicas, el portavoz replic¨® que "no es competencia de los jueces gobernar a la Iglesia". Si su anunciado recurso a la Audiencia no lo evita, el arzobispo de Granada ser¨¢ el primer prelado espa?ol que se siente en el banquillo. Con el Concordato de 1953 eso no hubiera sido posible. Pero el episcopado sabe que aquellos privilegios est¨¢n derogados. Los obispos son ciudadanos espa?oles -cobran sus salarios con cargo al Ministerio de Hacienda, que cada mes los ingresa en una cuenta de la Conferencia Episcopal- y est¨¢n bajo el imperio de las leyes espa?olas, previa "comunicaci¨®n" a la autoridad eclesi¨¢stica competente.
Otra prueba de que al episcopado le cuesta asumir la Constituci¨®n se desarrolla en los tribunales canarios, donde la di¨®cesis de Las Palmas y el Gobierno auton¨®mico llevan perdidos decenas de pleitos, cinco de ellos por despedir sin raz¨®n, a?o tras a?o, a la profesora
Nereida del Pino D¨ªaz. Un sexto despido, el del curso pasado, se sustancia el pr¨®ximo d¨ªa 12. Las cuatro primeras sentencias de los juzgados de lo social ya han sido ratificadas por el Tribunal Superior de Canarias, que, adem¨¢s, elev¨® al Constitucional otras cuatro cuestiones de inconstitucionalidad por la extravagancia de lo pleiteado.
Los ense?antes de religi¨®n cat¨®lica est¨¢n contratados y pagados por el Estado, pero son los obispos quienes los seleccionan cada a?o, pudiendo prescindir de ellos sin motivo alguno, o por causas como casarse con un divorciado o participar en una huelga legal. Es lo que le ha ocurrido a la profesora canaria. Las sucesivas sentencias, inapelables, declaran que el obispado prescindi¨® de ella a causa de su actividad sindical, es decir, violando "derechos fundamentales". La di¨®cesis persiste en ignorar a la justicia.
Exist¨ªa la esperanza de que la nueva Ley Org¨¢nica de Educaci¨®n remediase este tipo de abusos, haciendo indefinidos los contratos de los profesores de religi¨®n cat¨®lica y advirtiendo de que los posibles despidos deben someterse "a derecho". No parece suficiente. Como demuestra la actitud de su portavoz, los obispos parecen en algunos aspectos anclados en los privilegios que les otorg¨® el derogado Concordato de 1953.
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