Ventas s¨®lo en caso de ganancias
En estos d¨ªas, s¨®lo compensa vender, si se registran ganancias, acciones, fondos de inversi¨®n o inmuebles con menos de un a?o de antig¨¹edad en dos casos: 1) Si el particular tiene un tipo marginal en el IRPF 2006 inferior al 18% (tipo fijo en 2007). 2) Si el inversor cuenta con minusval¨ªas (p¨¦rdidas) de menos de un a?o pendientes de ¨¦ste o de ejercicios anteriores, para compensarlas.
Desde un punto de vista fiscal, deber¨ªan, sin embargo, vender en 2006 los particulares que acumulen ganancias en acciones, fondos e inmuebles con m¨¢s de un a?o de antig¨¹edad. Sus plusval¨ªas tributar¨¢n al 15% en lugar de al 18%. La misma opci¨®n es aconsejable para quienes cuenten con p¨¦rdidas de m¨¢s de un a?o de antig¨¹edad pendientes de compensar de ¨¦ste o de a?os anteriores.
Los particulares que acumulen ganancias en acciones, fondos e inmuebles con m¨¢s de un a?o de antig¨¹edad deber¨ªan vender en 2006
Los logros desde el 20 de enero de 2006 sobre valores comprados antes del 31 de diciembre de 1994 ya tributan con la nueva fiscalidad
Aunque el nuevo IRPF no entrar¨¢ en vigor hasta el pr¨®ximo 1 de enero, gracias a una disposici¨®n transitoria, las ganancias y p¨¦rdidas logradas desde el 20 de enero de 2006 sobre elementos patrimoniales (acciones, participaciones en fondos, inmuebles...) adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994 tributan ya bajo el nuevo sistema fiscal. Por tanto, la diferencia entre vender estos activos en 2006 o hacerlo a partir de 2007 s¨®lo radica en que si se hace este a?o (opci¨®n m¨¢s recomendable) se tributar¨¢ por las ganancias finales corregidas en los porcentajes pertinentes al 15%, mientras que retrasar esta decisi¨®n equivaldr¨¢ a pagar un 18% de las mismas.
Por ¨²ltimo, dados los cambios anunciados en el sistema de compensaci¨®n de p¨¦rdidas y ganancias, si se tienen minusval¨ªas regulares (menos de un a?o) interesa deshacer las posiciones en 2006 que generen beneficios en ese plazo para as¨ª compensarlas. La misma recomendaci¨®n puede aplicarse a las minusval¨ªas de m¨¢s de un a?o aunque, en este caso, se podr¨ªa esperar a 2007 dado que entonces se podr¨¢n compensar con cualquier otra plusval¨ªa.
Objetivo: llegar a los 9.015,18 euros
El objetivo es, si las cuotas mensuales no son suficientes (no alcanzan 751,2 euros), llegar a gastar en el cr¨¦dito hipotecario 9.015,18 euros anuales, realizando amortizaciones de capital adicionales. No hay que olvidar que por cada 601,01 euros de amortizaci¨®n adicional todos los contribuyentes se ahorrar¨¢n, como m¨ªnimo, 90,15 euros (un 15%). Esta cifra podr¨¢ ser superior si se tiene derecho a aplicar los porcentajes aumentados del 20% o 25% por los primeros 4.507,59 euros.
Intereses: atentos a la fecha de compra
Todo aquel que haya suscrito un dep¨®sito o un t¨ªtulo de renta fija antes del 20 de enero de este a?o gozar¨¢, si percibe intereses en un plazo superior a dos a?os, de la misma tributaci¨®n, tanto si lo hace en 2006 como en 2007. No hay, por tanto, por qu¨¦ deshacer posiciones: Hacienda habilitar¨¢ un sistema de compensaci¨®n para no penalizar a los que suscribieron con las caracter¨ªsticas fiscales. Quienes hayan comprado a partir de esa fecha deber¨ªan esperar a cobrar sus rendimientos a 2007.
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