El Gobierno crear¨¢ la Defensor¨ªa para la Infancia y la Adolescencia antes de marzo
Ejercer¨¢ sus funciones con plena autonom¨ªa con respecto a la Administraci¨®n
El Gobierno crear¨¢ en este primer trimestre la Defensor¨ªa para la Infancia y la Adolescencia, un ¨®rgano que estar¨¢ adscrito al Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, aunque sin integrarse en ¨¦l. De esta forma, la Defensor¨ªa del Menor, como popularmente se conoce, ejercer¨¢ sus funciones con plena autonom¨ªa respecto a la Administraci¨®n. La creaci¨®n de este ¨®rgano supondr¨¢ el primer desarrollo de la Ley de Atenci¨®n y Protecci¨®n a la Infancia y la Adolescencia, aprobada por el Parlamento en febrero de 2005, en los momentos finales de la pasada legislatura.
El Defensor del Menor del Pa¨ªs Vasco ser¨¢ la segunda instituci¨®n de estas caracter¨ªsticas que se crea en Espa?a, despu¨¦s del Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, un ¨®rgano con una trayectoria y un prestigio ya consolidados. En las dem¨¢s comunidades aut¨®nomas este tipo de ¨®rganos est¨¢n subsumidos en comisiones pertenecientes a los respectivos defensores del pueblo generalistas. El Consejo de Bienestar Social del Pa¨ªs Vasco ya ha dado el visto bueno al borrador de decreto y es previsible que el Consejo de Gobierno lo apruebe a la vuelta de las vacaciones parlamentarias.
Este borrador, al que ha tenido acceso este peri¨®dico, regula la estructura org¨¢nica de la nueva instituci¨®n, para la que prev¨¦, adem¨¢s de la propia figura del Defensor, una secretar¨ªa general y un equipo t¨¦cnico. El decreto tambi¨¦n establece el procedimiento por el que se regir¨¢n sus actuaciones e investigaciones. La Defensor¨ªa se crea para combatir la vulneraci¨®n de los derechos de los ni?os y para sensibilizar sobre esta cuesti¨®n a la sociedad. El nombramiento del titular corresponde al consejero de Vivienda y Asuntos Sociales y deber¨¢ ser ratificado por el pleno del Parlamento por mayor¨ªa absoluta. Su mandato durar¨¢ cuatro a?os.
Colaboraci¨®n institucional
Entre las funciones de la Defensor¨ªa figuran las de recoger las quejas que se formulen por vulnerar los derechos de los ni?os, derivarlas a las instituciones que correspondan y facilitar las v¨ªas de colaboraci¨®n interinstitucional. Fomentar la divulgaci¨®n de los derechos de la infancia, potenciar el asociacionismo y proponer reformas legales que agilicen la defensa de los derechos de los ni?os son otros de sus cometidos.
La Defensor¨ªa podr¨¢ iniciar investigaciones de oficio o a instancias de alguna parte. Seg¨²n el borrador de decreto, deber¨¢ iniciar una investigaci¨®n de oficio cuando por sus propios medios conociera que se est¨¢ produciendo una amenaza o vulneraci¨®n de los derechos. Cuando los hechos a investigar afecten a un organismo p¨²blico o privado dar¨¢ cuenta de la queja al responsable de ese servicio para que informe de los hechos. En el caso de que afecte tambi¨¦n a la administraci¨®n, se notificar¨¢ el procedimiento al Ararteko. Todas las personas sometidas a una investigaci¨®n tienen el deber de facilitar la labor de la Defensor¨ªa, aportando los documentos y aclaraciones que se les requieran.
El Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid es el espejo en el que reflejarse a nivel nacional en cuanto su experiencia y trayectoria. En su caso, se encarga de supervisar la acci¨®n de las administraciones p¨²blicas de la comunidad de Madrid y de cuantas entidades privadas presten servicios a la infancia y la adolescencia con el objetivo de salvaguardar sus derechos. Recibe y tramita las quejas que presenta cualquier ciudadano y propone reformas de procedimientos, reglamentos o leyes. Tambi¨¦n desarrolla acciones que le permitan conocer las condiciones en que los menores ejercen sus derechos, los adultos los respetan y la comunidad los conoce.
La creaci¨®n de la Defensor¨ªa del Menor en Euskadi ha tenido sus m¨¢s y sus menos con el Ararteko. El Defensor del Pueblo vasco se pronunci¨® ya en 2003 en un informe sobre el particular, donde analizaba de manera exhaustiva la legislaci¨®n marco, en t¨¦rminos de derecho comparado, as¨ª como las leyes de protecci¨®n a la infancia, las que regulan los defensores del pueblo y las pautas que siguen el resto de las comunidades aut¨®nomas.
En aquel momento, el Ararteko ya expres¨® sus reticencias a la creaci¨®n de la Defensor¨ªa del Menor por entender que ya tiene atribuida la funci¨®n de defender a todas las personas, independientemente de su edad o la etapa de su vida en la que se encuentren. Uno de los argumentos utilizados era que la creaci¨®n de ¨®rganos espec¨ªficos puede fraccionar y hacer m¨¢s ineficaz la defensa de los derechos de los ciudadanos.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Secretar¨ªas auton¨®micas
- Direcciones Generales
- Tutela
- VIII Legislatura Pa¨ªs Vasco
- Gobierno auton¨®mico
- Gobierno Vasco
- Comunidades aut¨®nomas
- Parlamentos auton¨®micos
- Familia
- Infancia
- Pol¨ªtica auton¨®mica
- Actividad legislativa
- Administraci¨®n auton¨®mica
- Parlamento
- Pa¨ªs Vasco
- Espa?a
- Administraci¨®n p¨²blica
- Pol¨ªtica
- Sociedad