"A medio plazo se puede llegar a la muerte"
Los cuatro magistrados que discreparon de la postura mayoritaria -?ngel Hurtado, Manuela Fern¨¢ndez de Prado, Paloma Gonz¨¢lez Pastor y Clara Bayarri- no fueron un¨¢nimes al defender sus posturas en el pleno ante sus compa?eros, aunque s¨ª lo fueron al respaldar su voto particular.
Aunque alguno de los magistrados defendi¨® que se deb¨ªa aplicar la libertad provisional para De Juana, la mayor¨ªa se inclin¨® por respaldar la postura defendida por el fiscal, consistente en la prisi¨®n provisional atenuada para el terrorista, que deber¨ªa permanecer "en su domicilio con las medidas de vigilancia que resulten necesarias y el tratamiento m¨¦dico oportuno". Los magistrados destacan en su voto particular que se trata de un preso preventivo en situaci¨®n de riesgo para su vida.
Situaci¨®n irreversible
"Cobra especial relevancia que, cualesquiera que sean los motivos que hayan llevado al procesado a su estado actual, lo cierto es que los informes m¨¦dicos nos hablan de que a medio plazo se puede llegar a una situaci¨®n irreversible con resultado de muerte o graves secuelas", dice el voto particular.
El texto recuerda que los m¨¦dicos del Hospital Doce de Octubre, en su informe de 18 de enero, concluyen que "de mantener la conducta de ayuno con ingesta exclusiva de agua, la evoluci¨®n esperada es el fallecimiento en un periodo cuya duraci¨®n no podemos determinar, aunque es posible que sea superior a las dos-tres semanas".
Por ello, los magistrados discrepantes precisan que a la vista de los informes se puede asegurar que el "estado de salud del procesado, en el momento presente, se encuentra tan considerablemente deteriorado, que resulta dif¨ªcilmente compatible con el mantenimiento del internamiento, siendo de aplicaci¨®n el art. 508.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal". Este precepto establece: "El juez o tribunal podr¨¢ acordar que la medida de prisi¨®n provisional del imputado se verifique en su domicilio, con las medidas de vigilancia que resulten necesarias, cuando por raz¨®n de enfermedad el internamiento entra?e grave peligro para su salud".
El precepto no distingue el origen del deterioro o la causa del riesgo, por lo que los magistrados entienden que precisamente "da cobertura a situaciones como la presente, en que el valor de la vida entra en conflicto con los fines que la prisi¨®n provisional trata de conseguir".
Los magistrados que apoyaron la tesis mayoritaria son Fernando Berm¨²dez de la Fuente, Alfonso Guevara, ?ngela Murillo, Teresa Palacios, ?ngeles Barreiros, Juan de Diego L¨®pez, Juan Francisco Martel, Nicol¨¢s Poveda, Fernando Grande-Marlaska, Ricardo Rodr¨ªguez -ponente-, Ferm¨ªn Echarri y Flor S¨¢nchez.
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