El Supremo decide hoy si mantiene la pena de 12 a?os a De Juana por un delito de amenazas
La condena m¨¢s alta hasta ahora fue de seis a?os en casos en que la presi¨®n surti¨® efecto
El Pleno de la Sala Penal del Tribunal Supremo, integrado por 13 magistrados, inicia hoy los debates del recurso del etarra I?aki de Juana Chaos contra la condena a 12 a?os y 7 meses de prisi¨®n por un delito de amenazas terroristas. Los magistrados han dado prioridad al recurso ante las condiciones de salud en que se encuentra el etarra, sometido a alimentaci¨®n forzosa tras 99 d¨ªas en huelga de hambre. La AVT insiste en una condena de 96 a?os de c¨¢rcel, y el fiscal, sin combatir la de 12 a?os y 7 meses, admite una de 4 a?os. La defensa reclama la absoluci¨®n.
La pena de 12 a?os y 7 meses impuesta por la Audiencia Nacional por un delito de amenazas terroristas con la agravante de reincidencia ha sido tachada de "desproporcionada" desde ¨¢mbitos jur¨ªdicos de la m¨¢xima solvencia e incluso el propio tribunal de la Audiencia que la impuso dijo que, en efecto, pod¨ªa parecerlo as¨ª. De Juana public¨® dos art¨ªculos en Gara en diciembre de 2004 contra el presidente de la Sala Penal de la Audiencia, Javier G¨®mez Berm¨²dez, y cinco directores de prisiones, a los que dirigi¨® descalificaciones e insultos y conmin¨® a sacar "vuestras sucias manos de Euskadi" o el futuro demostrar¨ªa "que os quedasteis sin ellas".
Pero lo cierto es que la pena impuesta por unas "amenazas veladas", en las que s¨®lo "se intuye" y no se concreta el mal que puede recaer sobre los amenazados, duplica largamente las penas m¨¢s graves impuestas en los ¨²ltimos a?os por la Audiencia Nacional y por el Tribunal Supremo. Las penas m¨¢s habituales han sido de dos a?os, siempre que las amenazas no hayan tenido consecuencias como el pago del impuesto revolucionario o el abandono del Pa¨ªs Vasco por el amenazado. Las principales sentencias de los ¨²ltimos a?os han sido:
- Amenazas a concejales del PSE. La ¨²ltima sentencia del Supremo sobre delito de amenazas impuso dos a?os de prisi¨®n a Mar¨ªa Plazaola por un delito continuado de amenazas terroristas, por haber remitido, entre mayo y junio de 2004, tres cartas amenazadoras a dos concejales del PSE de las localidades guipuzcoanas de Urretxu y Zumarraga, y a la sede del PSE de esta ¨²ltima. Les acusaba de "alargar el conflicto" y se les hac¨ªa "responsables con todas las consecuencias que pueda acarrear para ti y tu entorno".
- Concejal del PP que abandon¨® el Pa¨ªs Vasco. La sentencia de 23 de diciembre de 2004 confirm¨® la pena de 5 a?os de c¨¢rcel impuesta a un individuo que escribi¨® un panfleto en euskera en el que acusaba al concejal de Galdakao (Vizcaya) Gustavo M. de ser el responsable "de la dispersi¨®n que sufren los presos de ETA" y de "la tortura que sufre nuestro pueblo". La carta, que fue introducida en los buzones de todos los vecinos del inmueble donde resid¨ªa el concejal del PP, con la finalidad de atemorizarle, logr¨® que el edil perdiese su puesto de trabajo en Bilbao, se viese obligado a cambiar de domicilio y a trasladar su residencia a otra comunidad aut¨®noma fuera del Pa¨ªs Vasco. Esta ha sido la pena m¨¢s elevada ratificada hasta la fecha por el Tribunal Supremo por delito de amenazas terroristas.
- Absoluci¨®n de Tasio Erkizia. La defensa de De Juana ha incidido espec¨ªficamente en esta sentencia del Supremo de 2 de julio de 1999. Tasio Erkizia, al frente de una concentraci¨®n de un centenar de personas ante la prisi¨®n de Basauri, se dirigi¨® a trav¨¦s de un meg¨¢fono a los funcionarios de prisiones, a los que acus¨® de ser responsables de la situaci¨®n de los presos y les avis¨®: "Si continu¨¢is por el mismo camino, sabed que el sufrimiento ser¨¢ para todos". El Tribunal Superior del Pa¨ªs Vasco le conden¨® por una falta de amenazas a 25.000 pesetas de multa. El Supremo, en una ponencia del magistrado Adolfo Prego, le absolvi¨® al no existir "base f¨¢ctica suficiente para deducir que el mal anunciado depend¨ªa en su realizaci¨®n de la voluntad del autor de la frase", y dado que el inter¨¦s personal demostrado por el acusado "no supone necesariamente una conexi¨®n suficiente para decidir o instigar las acciones criminales de ETA".
- Pintadas en el bosque de Oma. El 6 de marzo de 2006, el Supremo ratific¨® la pena de dos a?os de prisi¨®n impuesta por la Audiencia a Borja Jacinto Urbeaga por amenazas terroristas a trav¨¦s de numerosas pintadas en edificios p¨²blicos de Gernika (Vizcaya) y Beasain (Guip¨²zcoa) contra el consejero de Interior del Gobierno vasco, Javier Balza, y dos ediles del PP en Gernika, entre otros, y por talar dos ¨¢rboles y diseminar pintadas por el Bosque Encantado de Oma, del artista Agust¨ªn Ibarrola, y en la vivienda de ¨¦ste. El Supremo consider¨® que el prop¨®sito del acusado era "serio, firme y cre¨ªble" y que ten¨ªa intenci¨®n de intimidar a los amenazados "con la conminaci¨®n de un mal injusto, determinado y posible".
- Absuelto de amenazas a jueces. La sentencia de 13 de junio de 2001 decret¨® la absoluci¨®n de un individuo que el 18 de abril de 1998, acompa?ado de otras personas, distribuy¨® pasquines en la puerta principal del Palacio de Justicia de San Sebasti¨¢n en los que se acusaba a un colectivo de jueces y magistrados de San Sebasti¨¢n y Bilbao, a un vocal vasco del Consejo Poder Judicial, al presidente de la Audiencia de Vizcaya y a una juez de lo penal de San Sebasti¨¢n de "pisotear los derechos de Euskal Herria" y les conminaba a que "se vayan a Espa?a" porque ning¨²n ataque "quedar¨¢ sin respuesta". La Audiencia de Guip¨²zcoa le absolvi¨® porque el fiscal le acus¨® de delito de "atentado". El fiscal recurri¨® por no haberse aplicado el delito de amenazas, pero el Supremo mantuvo la absoluci¨®n "al no haber tenido el acusado perfecto conocimiento de la imputaci¨®n".
- Extorsi¨®n en nombre de ETA. En sentencia de 16 de enero de 1991, el Supremo conden¨® a un pensionista que se hizo pasar por integrante de ETA y a base de amenazas y de datos conocidos a trav¨¦s de un yerno suyo, consigui¨® de un industrial en buena posici¨®n econ¨®mica un total de 24 millones de pesetas en tres entregas distintas. El Supremo confirm¨® la pena de cinco a?os de prisi¨®n.
- Condena a la c¨²pula etarra. La Audiencia Nacional conden¨® el 4 de octubre de 2001 a los integrantes de la c¨²pula de ETA detenidos en Bidart (Francia) Francisco Mugica Garmendia, Paquito; Jos¨¦ Luis ?lvarez Santacristina, Txelis, y Jos¨¦ Mar¨ªa Arregui Erostarbe, Fitti, por el cobro del impuesto revolucionario a empresarios. El tribunal impuso a cada uno dos clases de condenas: una pena de seis meses por cada delito de amenazas sin conseguir el prop¨®sito, es decir, seis meses por cada empresario que no hab¨ªa pagado. En cambio, por cada uno de los cinco empresarios que pagaron, impuso penas de 6 a?os. Dado que se trataba de un total de 14 extorsionados, el total de las penas impuestas por 14 delitos ascendi¨® a 34 a?os y medio.
- Condena I?aki Bilbao. El etarra fue condenado a dos a?os por amenazas al juez Baltasar Garz¨®n en su despacho. Durante el juicio, amenaz¨® al presidente del tribunal con "meterle siete tiros" y "arrancarle la piel a tiras", pero este segundo delito est¨¢ instruy¨¦ndose.
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