El derecho a la propia muerte
Nunca he entendido muy bien el porqu¨¦ de la resistencia al reconocimiento del derecho a la propia muerte. Desde una perspectiva jur¨ªdica no hay, en principio, ning¨²n obst¨¢culo para que se pueda plantear y reconocer el derecho a la vida desde una perspectiva negativa, es decir, para que se reconozca el derecho a la propia muerte. El derecho a la vida entra en el c¨ªrculo del derecho a la libertad personal y no hay, en principio, ninguna raz¨®n para negar que el ejercicio del derecho a la libertad personal incluye el derecho a poner fin a la propia vida.
Digo derecho y no libertad. Porque libertad para poner fin a su vida ya la tiene. El suicidio no est¨¢ tipificado como delito y, en consecuencia, poner fin a la propia vida no es un acto antijur¨ªdico. Pero no es de esto de lo que se trata, sino de tener derecho, es decir, de poder recabar ayuda a la sociedad para el ejercicio del mismo o de poder oponerse a cualquier acci¨®n que pretenda impedir el ejercicio del derecho a la muerte. Un ciudadano tiene que tener el derecho de poder sentirse protegido por la sociedad en ese momento final de la vida, de no tener que irse por la puerta de atr¨¢s, como si estuviera haciendo algo ignominioso. La soledad del suicidio en el momento m¨¢s solitario de la vida del ser humano no puede ser la ¨²nica alternativa que la sociedad le ofrezca a un individuo que quiere poner fin a su vida.
Es obvio que la sociedad podr¨¢ regular las condiciones de ejercicio de tal derecho a la muerte y determinar en qu¨¦ supuestos y de qu¨¦ forma el individuo puede solicitar y obtener el concurso de la sociedad. Pero una negaci¨®n absoluta del derecho a la muerte no se entiende muy bien en qu¨¦ razonamiento de tipo jur¨ªdico puede descansar. Podr¨¢ descansar en consideraciones de naturaleza religiosa o filos¨®fica, pero no en razonamientos jur¨ªdicos.
No existe ninguna raz¨®n, ni sustantiva ni procesal, para que no se d¨¦ una respuesta jur¨ªdica por parte de la sociedad a una demanda de esta naturaleza. Ante una manifestaci¨®n de voluntad clara e inequ¨ªvoca de poner fin a la propia vida por parte de una persona en pleno uso de sus facultades mentales, no tiene en principio por qu¨¦ no producirse una respuesta por parte de la sociedad. La sociedad podr¨¢ poner en pr¨¢ctica una pol¨ªtica disuasoria del ejercicio de tal derecho y podr¨¢ establecer las condiciones que estime apropiadas para que la demanda del ciudadano pueda ser atendida, pero, si a pesar de ello, persiste la voluntad del ciudadano de poner fin a su propia vida, la sociedad debe permitir y posibilitar el ejercicio del derecho.
Aunque me he decidido a escribir esta columna a partir del calvario que est¨¢ viviendo Inmaculada Echevarr¨ªa, no es de ella de la que estoy hablando. Su problema no es el del ejercicio del derecho a la propia muerte, sino el de que no se la fuerce a vivir en contra de su voluntad. Ella no est¨¢ luchando por ejercer un derecho, sino por librarse de una coacci¨®n inhumana, por muy religiosamente que se la vista. Comparto el criterio del Consejo Consultivo de Andaluc¨ªa de que la petici¨®n de Inmaculada de que se le retire el respirador es un acto "ajustado a derecho", pero creo que habr¨ªa que ir m¨¢s lejos y plantearnos abiertamente el problema del ejercicio del derecho a la propia muerte.
?ste es un problema que ya est¨¢ presente, que lleva estando presente ya desde hace a?os, en nuestra sociedad y no debemos seguir ignor¨¢ndolo. Es obvio que la sociedad tiene que hacer todo lo posible para que aquellos individuos que quieran seguir viviendo, puedan hacerlo y en las mejores condiciones posibles durante el mayor tiempo posible, pero tambi¨¦n debe atender la demanda de aquellos ciudadanos que, en las condiciones que la propia sociedad establezca, decidan ejercer el derecho a poner fin a su vida. Estamos en una sociedad lo suficientemente madura como para no dejar de coger el toro por los cuernos.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.