El Superior condena a Osakidetza a pagar 120.000 euros por una perforaci¨®n de ¨²tero
El tribunal ratifica la "deficiente prestaci¨®n asistencial" a una mujer y eleva la indemnizaci¨®n
El Tribunal Superior de Justicia ha confirmado una sentencia que conden¨® a Osakidetza a indemnizar a una paciente que sufri¨® una perforaci¨®n de ¨²tero en el Hospital de Basurto durante una interrupci¨®n de embarazo en 2001. La sentencia de un juzgado de Vitoria consider¨® probado que los da?os sufridos durante el legrado fueron debidas a una "incorrecta ejecuci¨®n del mismo y evidencian un funcionamiento deficiente del servicio sanitario". El tribunal incrementa adem¨¢s la indemnizaci¨®n a la joven, a la que hubo que extirparle el ¨²tero, de 94.000 a 120.000 euros.
Aranzazu ten¨ªa 29 a?os cuando entr¨®, en agosto de 2001, en el Hospital de Basurto para que le retiraran de sus entra?as un feto muerto. Despu¨¦s de estar 28 d¨ªas ingresada, sali¨® por las puertas centro sanitario con el ¨²tero extirpado, debido a "una peritonitis que fue causada por la perforaci¨®n uterina" producida durante la interrupci¨®n del embarazo, seg¨²n la sentencia. Y como indican "todos los tratados de ginecolog¨ªa, la perforaci¨®n es siempre culpa del operador", se?alaba la resoluci¨®n del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n¨²mero 1 de Vitoria, dictada el 10 de febrero de 2004 por la juez Raquel Hermela Reyes Mart¨ªnez.
La magistrada entendi¨® entonces que las perforaciones del ¨²tero realizadas durante el legrado (raspado) fueron "debidas a una incorrecta ejecuci¨®n del mismo y evidencian un funcionamiento deficiente del servicio sanitario". Y a?ade la sentencia que no hay duda de que fue "la perforaci¨®n uterina, por la que pasaron g¨¦rmenes del ¨²tero a la cavidad abdominal", la que "caus¨® la peritonitis posterior y [fue] motivo en definitiva de la extirpaci¨®n final del ¨²tero".
La paciente y su familia consideraron en todo momento prioritario mantener el ¨²tero "a toda costa", lo que llev¨® a que se realizaran "intervenciones m¨¢s conservadoras" para tratar la infecci¨®n originada. La joven corri¨® con un "riesgo elevado" con tal de poder tener hijos en el futuro, pero el estado de Aranzazu empeor¨® y, finalmente, se comunic¨® a su padre que su hija "se encontraba al borde de la muerte".
La paciente sab¨ªa de antemano el riesgo del legrado al que iba a someterse, pese a lo que declar¨® en la vista oral su esposo, quien lleg¨® a decir que ninguno de los m¨¦dicos le inform¨® de que "hubiera riesgos para la paciente". La propia afectada le coment¨® a la responsable de partos en el ¨¢rea de enfermer¨ªa del Hospital de Basurto, tras haber escuchado los riesgos de boca del ginec¨®logo: "Alicia, pero todo esto a m¨ª no me va a pasar. Voy a poder tener m¨¢s hijos". Nada m¨¢s lejos de la realidad.
La juez constata que hubo informaci¨®n, pero, invocando varias sentencias del Tribunal Supremo, apunta que "la existencia de consentimiento informado no obliga al paciente a asumir cualesquiera riesgos derivados de una prestaci¨®n asistencial inadecuada". Para la magistrada, este caso es un ejemplo de "funcionamiento deficiente del servicio sanitario", cuya secuela principal es la "imposibilidad" de la joven de gestar. La primera sentencia cifr¨® la indemnizaci¨®n en 94.271 euros. Pero rechaz¨® establecer una cantidad por da?o moral y tambi¨¦n por los gastos derivados de tener que ir a EE UU para poder tener hijos a trav¨¦s de otros sistemas o los derivados de la adopci¨®n.
Da?os f¨ªsicos y ps¨ªquicos
Osakidetza y la mujer interpusieron sendos recursos ante el Tribunal Superior de Justicia vasco. El ponente de la sentencia, el magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo Luis Miguel Blanco Dom¨ªnguez confirma, en una sentencia de 29 de diciembre pasado y notificada ahora, que ha habido una "defectuosa prestaci¨®n del servicio p¨²blico sanitario", un error m¨¦dico. Pero rechaza la pretensi¨®n de la joven de obtener una indemnizaci¨®n por los gastos que tuvo que realizar en EE UU para ser madre por otras v¨ªas.
Por el contrario, la resoluci¨®n s¨ª valora la juventud de la mujer, de menos de 35 a?os, el hecho de no tener hijos y su "deseo muy fuerte de ser madre" para incrementar la indemnizaci¨®n a 120.000 euros por los da?os "f¨ªsicos, ps¨ªquicos y est¨¦ticos".
Nueve millones
S¨®lo entre 2002 y 2004, debido a las reclamaciones planteadas por los ciudadanos vascos ante actuaciones y servicios prestados de manera deficiente en sus centros (errores m¨¦dicos), el Servicio Vasco de Salud tuvo que pagar por orden judicial 9.055.493 de euros. Los ciudadanos ped¨ªan m¨¢s de 100 millones. En esos tres a?os, los tribunales vascos, tanto en la v¨ªa contencioso-administrativa como en la jurisdicci¨®n penal, estimaron un total 140 denuncias. Salvo dos condenas penales (2003), el resto fueron denuncias estimadas en lo contencioso-administrativo: 45 en 2002, 56 en 2003 y, finalmente, 37 en 2004. El porcentaje de denuncias desestimadas en esos mismos a?os ronda una media del 78%, seg¨²n datos oficiales de Osakidetza suministrados a finales de 2005.
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