La Ley de Dependencia dar¨¢ ayuda a los enfermos mentales seg¨²n su capacidad de tomar decisiones
La capacidad de tomar decisiones propias ser¨¢ el principal criterio para evaluar el nivel de dependencia de los discapacitados ps¨ªquicos y los enfermos mentales. ?ste es uno de los principales cambios en el baremo de la Ley de Dependencia que previsiblemente aprobar¨¢ hoy el Consejo Territorial que desarrolla esta norma (formado por el Ejecutivo y las comunidades aut¨®nomas). En el nuevo borrador de real decreto tambi¨¦n se reconoce un mayor peso a la capacidad de estas personas para realizar tareas dom¨¦sticas, de cuidado de la salud.
La norma establece dos tipos de baremo que eval¨²an en qu¨¦ medida una persona necesita la ayuda de otra para desarrollar distintas actividades: comer, vestirse, desplazarse, etc¨¦tera. Hay un baremo general y otro espec¨ªfico para los discapacitados ps¨ªquicos y enfermos mentales. La puntuaci¨®n de todo el proceso no puede sobrepasar el 100. A partir de 75 puntos se considera gran dependencia (ser¨¢n los primeros en percibir por derecho las prestaciones), entre 50 y 74, dependencia severa, y entre 25 y 49, moderada.
Un baremo aparte evaluar¨¢ la dependencia de los menores de 3 a?os. Para estos ni?os, se tendr¨¢n en cuenta los problemas cr¨®nicos o prolongados de salud. Se estimar¨¢ si el ni?o o la ni?a sujeta la cabeza, se mantiene sobre s¨ª mismo, si fija la mirada y sostiene objetos, si necesita una sonda para comer o un respirador mec¨¢nico, entre otros criterios.
En la revisi¨®n del borrador, tambi¨¦n se han mejorado las condiciones de atenci¨®n a los sordociegos y se establece el compromiso de revisar todos los criterios dentro de un a?o, explic¨® la secretaria de Estado de Servicios Sociales, Amparo Valcarce. Este real decreto tendr¨¢ que ser aprobado en el mes de abril por el Gobierno. En ese momento, las personas dependientes podr¨¢n empezar a solicitar su valoraci¨®n a las comunidades aut¨®nomas. Queda pendiente el texto que especificar¨¢ las prestaciones concretas a las que se tiene derecho en cada grado de dependencia, por ejemplo, cu¨¢ntas horas al d¨ªa ha de estar atendido un gran dependiente o la prestaci¨®n monetaria que debe percibir el familiar que le cuida.
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