Decisiones pol¨¦micas
No es la primera vez que los jueces dictan sentencias que son criticadas por amplios sectores de la sociedad.
- Afectividad entre amantes. El maltrato ps¨ªquico al amante no es violencia dom¨¦stica. As¨ª lo crey¨® el pasado febrero un juez de la Audiencia de Barcelona, que absolvi¨® a un hombre del delito de maltrato ps¨ªquico habitual con la que hab¨ªa sido su amante durante tres a?os. El tribunal entendi¨® en este caso que entre amantes no se puede aplicar la acepci¨®n de "an¨¢loga relaci¨®n de afectividad", que requiere el art¨ªculo 153 del C¨®digo Penal. Y es que, para el juez, una relaci¨®n de afectividad es "la situaci¨®n en que dos personas deciden compartir su vida cotidiana, su econom¨ªa, sus problemas y tienen un proyecto de vida presente y futuro compartido".
- Falta de angustia. La Audiencia de Almer¨ªa conden¨® el pasado mes de marzo a siete meses de prisi¨®n a un hombre que agredi¨® a su mujer y para quien la Fiscal¨ªa ped¨ªa nueve a?os de c¨¢rcel por delitos de agresi¨®n sexual y maltrato habitual. El magistrado estim¨® que la mujer "no aport¨® datos que pusieran de manifiesto" que atravesaba la "situaci¨®n de angustia y temor" que le provocar¨ªa un maltrato habitual por parte de su marido.
- Maltrato entre novios. El noviazgo entre adolescentes no tiene la entidad necesaria para incluirlo entre las relaciones afectivas que, desde la entrada en vigor de la ley contra la violencia de g¨¦nero, elevan la gravedad de cualquier tipo de amenaza o agresi¨®n que un hombre pueda infligir a una mujer. Esa tesis mantuvo la Audiencia de Cantabria el pasado febrero, para reducir la condena impuesta a un joven que amenaz¨® a su ex novia en un chat. El joven, para el que se ped¨ªan 40 d¨ªas de trabajo en beneficio de la comunidad, fue condenado a pagar 60 euros.
- Ropa interior. La Audiencia de Barcelona absolvi¨® en 2004 a un hombre acusado de violar a su compa?era al valorar que ella explic¨® en el juicio que s¨®lo le baj¨® "a la mitad" las bragas y que "a pesar de ello" dice que "fue violada". El juez consider¨® que el testimonio, aunque puede ser fiable, es la ¨²nica prueba de cargo contra el acusado y "pone en grave riesgo el derecho constitucional de presunci¨®n de inocencia". El tribunal desech¨® como prueba el an¨¢lisis de ADN que se hizo de unos restos de semen de la ropa interior de la mujer, porque afirma que la pieza que fue analizada era "de color gris" y la mujer declar¨® que "eran de color azul oscuro" las bragas que llevaba el d¨ªa de los hechos.
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