Los terrenos r¨²sticos se valorar¨¢n seg¨²n el uso actual
La ley que aprob¨® ayer el Congreso de los Diputados parte de la constataci¨®n de que el suelo, "adem¨¢s de un recurso econ¨®mico, es tambi¨¦n un recurso natural, escaso y no renovable", por lo que establece l¨ªmites al crecimiento urbano, adem¨¢s de tratar de contener el crecimiento de los precios de la vivienda, en tanto que derecho b¨¢sico recogido en la constituci¨®n.
- Vivienda protegida. Un m¨ªnimo del 30% del nuevo suelo residencial se dedicar¨¢ a pisos de protecci¨®n p¨²blica. Adem¨¢s, los promotores deber¨¢n entregar a la Administraci¨®n entre el 5% y el 15% del suelo que se transforme en urbanizable, para que se incluya en el patrimonio p¨²blico de suelo, que la ley obliga a constituir en cada caso, y que se destinar¨¢ a vivienda de precio protegido y otros usos sociales.
- Valoraci¨®n del suelo. Las parcelas r¨²sticas se valoran en funci¨®n de su uso actual y no de las expectativas de futuro. Con esta nueva forma de tasaci¨®n se pretende desincentivar la retenci¨®n de suelo para especular, al tiempo que se intenta impedir que las expropiaciones para infraestructuras p¨²blicas se disparen de precio, como ha ocurrido con las realizadas para construir en Madrid las nuevas autopistas radiales o la ampliaci¨®n del aeropuerto de Barajas.
- M¨¢s transparencia. Todos los planes y convenios urban¨ªsticos deber¨¢n someterse a informaci¨®n p¨²blica que, as¨ª como las permutas de terrenos, deber¨¢n aprobar los plenos municipales. Los planes urbanos vigentes deber¨¢n publicarse en la web municipal y habr¨¢ que informar de los due?os de los ¨²ltimos cinco a?os cuando se recalifique un suelo.
- Sostenibilidad. S¨®lo podr¨¢n descatalogarse espacios protegidos cuando se demuestre cient¨ªficamente que han perdido sus valores. Las actuaciones que incrementen la poblaci¨®n o el suelo urbanizado en m¨¢s del 20% necesitar¨¢n un nuevo plan general.
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