El Supremo reabre el conflicto por la subestaci¨®n de La Punta
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La construcci¨®n de una subestaci¨®n el¨¦ctrica de Iberdrola en la huerta de La Punta moviliz¨® a finales de los noventa a los vecinos de la zona, que tem¨ªan que la l¨ªnea de alta tensi¨®n cambiar¨ªa su paisaje. Y as¨ª ocurri¨®. Fue un primer asalto de una lucha que se prolong¨® a?os, y a¨²n no ha terminado, contra las expropiaciones forzosas para la implantaci¨®n de la Zona de Actividades Log¨ªsticas (ZAL) en 70 hect¨¢reas de la huerta de La Punta. El Tribunal Supremo acaba de reabrir uno de los episodios judiciales de este movimiento contra la destrucci¨®n de la huerta con una sentencia que obliga al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano a retomar la demanda de la Asociaci¨®n de Vecinos de La Punta-La Unificadora contra la l¨ªnea de alta tensi¨®n que alimenta la subestaci¨®n de Iberdrola. La central sirve energ¨ªa a la ZAL y el ¨¢rea de la avenida de Francia y la Ciudad de las Artes.
El alto tribunal achaca a los magistrados valencianos la vulneraci¨®n del derecho de defensa de los vecinos y les obliga a retrotraer las actuaciones al momento del procedimiento en el que denegaron parte de las pruebas pedidas. La subestaci¨®n continuar¨¢ funcionando, pero sobre ella pende de nuevo un proceso judicial abierto que cuestiona la l¨ªnea de alta tensi¨®n.
"Indudable indefensi¨®n"
El TSJ deneg¨® la petici¨®n de incluir como prueba informes de la demarcaci¨®n de Costas y del Puerto. La demanda de los afectados de La Punta contra la declaraci¨®n de utilidad p¨²blica de la l¨ªnea el¨¦ctrica aprobada por la Consejer¨ªa de Industria en el a?o 2000, entre otros argumentos, part¨ªa de que la l¨ªnea de alta tensi¨®n invad¨ªa la franja de protecci¨®n de Costas, por lo que era necesaria la documentaci¨®n para demostrar este extremo. "Sin ninguna clase de argumentos", el TSJ declar¨® la inadmisi¨®n de la prueba, subraya el Supremo. La secci¨®n tercera de lo Contencioso-Administrativo del TSJ rechaz¨® tambi¨¦n el posterior recurso y al final fall¨® en contra de los vecinos en junio de 2004.
El Tribunal Supremo sentencia que el TSJ caus¨® "una indudable indefensi¨®n" a la asociaci¨®n vecinal al impedirle el acceso a una prueba esencial. La alegaci¨®n sobre la invasi¨®n del espacio reservado a Costas "no es descabellada, habida cuenta la cercan¨ªa de la l¨ªnea a la playa de Natzaret, L'Albufera y el delta del r¨ªo Turia", sostiene. La "indefensi¨®n se acrecienta al m¨¢ximo" cuando las partes demandadas, entre ellas la Generalitat, no replicaron a este punto de la demanda judicial de los vecinos "ni la sentencia, que cae en la incongruencia, razona sobre la infracci¨®n de la Ley de Costas" que alegaba la asociaci¨®n de La Punta.
El TSJ argument¨® que los vecinos debieron incluir en su demanda los planos de Costas. El Supremo le enmienda la plana y recuerda que debi¨® conceder un plazo a los vecinos para subsanar ese posible error en la demanda o acordar la prueba propuesta. Es lo que deber¨¢ hacer ahora el TSJ, tres a?os despu¨¦s de desestimar la demanda, que aleg¨® otras posibles infracciones que el Supremo no analiza tras establecer que se vulner¨® el derecho de defensa.
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