Dos sentencias condenan el ataque a la imagen de Buenafuente
La "curiosidad malsana del p¨²blico" no es un derecho constitucional.
Dos juzgados de Barcelona han condenado a las revistas del coraz¨®n Sorpresa y Diez Minutos a indemnizar al showman Andreu Buenafuente por intromisi¨®n ileg¨ªtima en su intimidad.
El detonante de las demandas fue la publicaci¨®n de unas fotograf¨ªas sobre escenas de la "vida sentimental" del presentador del programa nocturno de Antena 3 Buenafuente. En algunas de estas instant¨¢neas aparec¨ªa desnudo en una playa de Ibiza y en compa?¨ªa de la tambi¨¦n presentadora de televisi¨®n Carolina Ferre.
El juzgado de Primera Instancia n¨²mero 50 de Barcelona estima que las im¨¢genes publicadas por la revista Sorpresa constituyen "una intromisi¨®n ileg¨ªtima en sus derechos a la intimidad personal y a la propia imagen". Y agrega que fueron obtenidas de forma clandestina "con evidentes fines lucrativos" y acompa?adas de "textos salpimentados de jocosidad relativos a su vida privada personal".
En el espinoso debate sobre la colisi¨®n de dos derechos fundamentales, el de la informaci¨®n y el de la propia imagen, el juez deja claro que nada de lo publicado por la revista de Edipresse reviste inter¨¦s hist¨®rico, cient¨ªfico o cultural. Argumenta que "los hechos y datos sobre la vida privada ajena no deben constituir materia de informaci¨®n, dado que ata?en ¨²nicamente al sujeto afectado y su conocimiento no es necesario -antes al contrario- para el bien colectivo, no siendo digna de protecci¨®n constitucional esa curiosidad malsana del p¨²blico". Impone una indemnizaci¨®n de 55.000 euros.
La sentencia dictada por el juzgado n¨²mero 12 de Barcelona, esta vez contra la revista Diez Minutos, considera que Buenafuente es "una persona que no ha concedido exclusiva alguna" y que "no ha hablado p¨²blicamente nunca de su vida sentimental". Cifra en
48.000 euros la indemnizaci¨®n de la publicaci¨®n editada por el grupo Hachette.
El presentador donar¨¢ los 103.000 euros a M¨¦dicos sin Fronteras. Ambas sentencias pueden ser recurridas ante la Audiencia Provincial de Barcelona.
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