Lo privado en Internet
El buscador Google ha hecho un llamamiento a la comunidad internacional para la elaboraci¨®n de una norma que garantice la privacidad del internauta y, al mismo tiempo, no bloquee los negocios basados en el intercambio de informaci¨®n. Google plantea un problema importante y com¨²n en el planeta de Internet. Al mismo tiempo, lo hace en un momento particularmente delicado para la empresa. Ha tenido que dar explicaciones a distintas autoridades, como la Uni¨®n Europea, sobre su pol¨ªtica de privacidad, y est¨¢ pendiente del an¨¢lisis administrativo, en Estados Unidos y Europa, de lo que supone su compra de DoubleClick, la gran compa?¨ªa de publicidad en l¨ªnea, no s¨®lo en poder¨ªo mercantil sino en acceso a informaci¨®n sobre los consumidores.
El derecho a la intimidad est¨¢ recogido en la Declaraci¨®n Universal de los Derechos Humanos. Pero, lamentablemente, esta declaraci¨®n sigue siendo impunemente ignorada por muchos Gobiernos, y sus redactores, en 1948, no pudieron contemplar los nuevos escenarios de la era digital. La propia ONU promovi¨® una cumbre mundial en 2006 sobre la sociedad de la informaci¨®n, cuyo texto final s¨®lo alcanza a "exhortar" a Gobiernos, empresas y ciudadanos a proteger los datos personales mediante leyes o "el intercambio entre las empresas y los usuarios de mejores pr¨¢cticas". El cat¨¢logo de documentos llamando a las buenas conductas en Internet es tan extenso como in¨²til. Google propone inspirarse en una serie de principios elaborados en el marco de la organizaci¨®n econ¨®mica de cooperaci¨®n de Asia-Pac¨ªfico (APEC). Sus enunciados tienen una l¨®gica aplastante. Pero estos grandes principios son papel mojado en varios pa¨ªses del ¨¢rea.
La proclamaci¨®n, y acatamiento, universal de unos patrones de conducta es la soluci¨®n ideal, pero la historia demuestra la dificultad del empe?o. Por otra parte, las empresas en Internet se encuentran con una enorme variedad de territorios jur¨ªdicos con distintos criterios y exigencias. Lo que supone incertidumbre y gasto. En unos se protege rigurosamente los datos que el internauta suministra, muchas veces sin saberlo, en sus tratos digitales. En otros, como en China, se emplea la ley para exigir la delaci¨®n empresarial y perseguir la disidencia.
Mientras no llegue este dif¨ªcil reglamento universal, lo b¨¢sico es que las empresas hagan p¨²blicos sus protocolos de privacidad y los cumplan. La recolecci¨®n de datos y el empleo que se haga de los mismos ha de ser conocido por su titular, y el internauta tiene el derecho de poderlos gestionar a voluntad.
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