Educaci¨®n modifica la elecci¨®n de directores tras los reveses judiciales
Reforma la Ley de la Escuela P¨²blica Vasca para ajustarse a la LOE
Despu¨¦s de dos a?os y medio de conflicto con el Ministerio de Educaci¨®n por la forma de elegir a los directores de los colegios, el Departamento de Educaci¨®n ha dado su brazo a torcer.
La designaci¨®n debe realizarse con un concurso de m¨¦ritos
Tras recibir varias sentencias adversas, la consejer¨ªa ha cedido y cambiar¨¢ la Ley de Escuela P¨²blica Vasca (de la que emana el sistema de elecci¨®n de directores) para adaptarla a lo que dispone en esta materia la Ley Org¨¢nica de Educaci¨®n (LOE) y que es de obligado cumplimiento en todo el pa¨ªs. La Administraci¨®n central ha recurrido los sucesivos decretos y ¨®rdenes aprobados por el Gobierno vasco para elegir a los directores, por no amoldarse a lo establecido en la LOE, y el Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco (TSJPV) los ha anulado en todos los casos, colocando a los equipos directivos en una situaci¨®n de inseguridad jur¨ªdica.
Para evitarlo, Educaci¨®n ya ha elaborado un borrador para la modificaci¨®n de la Ley de Escuela P¨²blica Vasca en este aspecto, ci?¨¦ndose estrictamente a lo que marca la LOE. Sin embargo, en ning¨²n momento se refiere a esta ley ni a que realiza el cambio por necesidad. En un tono muy gen¨¦rico, la consejer¨ªa se limita a apuntar que, transcurridos 14 a?os desde la aprobaci¨®n de la ley, entiende que ha llegado el momento de cambiarla y lo justifica para potenciar la figura del director.
La LOE establece que la designaci¨®n de los directores de los centros p¨²blicos debe realizarse por medio de un concurso de m¨¦ritos, que tiene que evaluar una comisi¨®n mixta formada por representantes de las consejer¨ªas auton¨®micas y el centro. Frente a este sistema, Educaci¨®n, invocando la Ley de la Escuela P¨²blica Vasca, ha regulado hasta ahora que el director sea elegido ¨²nicamente por el consejo escolar, que es el ¨®rgano m¨¢ximo de representaci¨®n del centro y en el que tienen cabida padres, profesores y alumnos.
La redacci¨®n del sistema de elecci¨®n de los directores que hace ahora el borrador es pr¨¢cticamente id¨¦ntico al recogido en la LOE. Esta modificaci¨®n se incluye en una reforma m¨¢s amplia de la Ley de la Escuela P¨²blica Vasca justificada para reforzar la figura del director, otorg¨¢ndole m¨¢s competencias. A partir de la aprobaci¨®n de la norma, podr¨¢ impulsar evaluaciones internas del centro, tendr¨¢ m¨¢s autoridad para resolver los conflictos e imponer medidas disciplinarias, ejercer la jefatura de todo el personal y, especialmente, tendr¨¢ la consideraci¨®n de l¨ªder pedag¨®gico. Esta misi¨®n la desempe?an ahora de forma colegiada el jefe de estudios, el propio director y el equipo directivo en su conjunto.
Sin embargo, el departamento no aumenta de forma paralela en la reforma las atribuciones del consejo escolar del centro y del claustro de profesores, algo que s¨ª ha hecho la LOE. Precisamente, el Consejo Escolar de Euskadi, en su dictamen sobre el borrador de ley, advierte sobre esta carencia. "Para que el aumento de competencias al director sea efectivo, debe ir acompa?ado del desarrollo correlativo de esas funciones en los otros ¨®rganos de gobierno del centro", apunta en su pronunciamiento.
Esta recomendaci¨®n cobra m¨¢s vigor en el caso de la Ley de la Escuela P¨²blica Vasca, pues la distribuci¨®n de competencias que establece atribuye a los ¨®rganos colectivos de gobierno, como el claustro y el consejo escolar del centro, la mayor parte de las decisiones, y reserva para la direcci¨®n la ejecuci¨®n de dichos acuerdos.
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