El negacionismo
El sanguinario fantasma del racismo y la xenofobia regresa a los escenarios del crimen en Europa: al antisemitismo neonazi se une ahora el rechazo contra los inmigrantes de Latinoam¨¦rica, del Magreb y de territorios de Europa Oriental, ?frica o Asia. El incubamiento de los huevos de la serpiente es tambi¨¦n perceptible en Espa?a. Como suele ocurrir con los bruscos despertares ante las amenazas imprevistas y difusas, las sobreactuaciones basadas s¨®lo en el derecho penal pueden resultar ineficaces a corto plazo o contraproducentes a la larga.
A falta todav¨ªa de la notificaci¨®n de los fundamentos jur¨ªdicos y de los votos particulares, el Constitucional ha fallado sobre una cuesti¨®n previa elevada por la Audiencia de Barcelona referida a la apolog¨ªa de los delitos de genocidio; esto es, los actos perpetrados para destruir total o parcialmente a un grupo nacional, ¨¦tnico, racial o religioso: desde la muerte y la agresi¨®n sexual hasta las condiciones de existencia que pongan en peligro su vida o su salud, los desplazamientos forzosos, las medidas contra su g¨¦nero de vida o reproducci¨®n y el traslado por la fuerza de individuos de un grupo a otro.
El recuerdo del Holocausto jud¨ªo durante la II Guerra Mundial y los l¨ªmites a la libertad de expresi¨®n
La cuesti¨®n de constitucionalidad fue planteada dentro del recurso interpuesto por un editor y librero de Barcelona acusado de vender obras neonazis negadoras de la existencia del Holocausto de seis millones de jud¨ªos durante la Segunda Guerra Mundial. Un juzgado de lo penal le conden¨® en noviembre de 1998 a cinco a?os de c¨¢rcel como autor de un delito de apolog¨ªa del genocidio y otro de provocaci¨®n a la discriminaci¨®n, al odio y a la violencia por motivos racistas.
El fallo del Constitucional (congruente con la doctrina de su sentencia 214/91 Violeta Friedman versus Leon Degrelle respecto a los requisitos de veracidad inexigibles a ciertos relatos sobre el genocidio nazi) expulsa del ordenamiento el inciso del art¨ªculo 607.2 del C¨®digo, que sanciona la difusi¨®n de ideas o doctrinas negadoras de los genocidios; la sentencia no despenaliza, en cambio, la justificaci¨®n de tales cr¨ªmenes ni los intentos de rehabilitaci¨®n de los reg¨ªmenes que los perpetraban.
El llamado negacionismo es una corriente de riberas imprecisas y afluentes ideol¨®gicos diferentes: desde antiguos izquierdistas como Pierre Rassinier, Robert Faurisson o Roger Garaudy hasta neonazis y compa?eros de viaje como David Irving. Sobre el trasfondo de un rechazo compartido a la versi¨®n can¨®nica del Holocausto jud¨ªo, el negacionismo est¨¢ sancionado en Espa?a (hasta ahora), Francia, Alemania, Austria y otros pa¨ªses europeos. Abstracci¨®n hecha de sus cuestionables motivaciones, metodolog¨ªas y conclusiones, el recurso al derecho penal en ese terreno colisiona con las libertades ideol¨®gica y de expresi¨®n; adem¨¢s tiene peligrosos efectos expansivos sobre los debates historiogr¨¢ficos, como acaba de ocurrir con las matanzas armenias bajo el Imperio Otomano. -
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