Varapalo a la Ley de Extranjer¨ªa
Pocas sentencias del Tribunal Constitucional espa?ol (en plena, penosa y profunda crisis institucional) afectar¨¢n a tantas personas (espa?oles y extranjeros) y a tantas familias residentes en Espa?a como la recient¨ªsima sentencia del 7 de noviembre 2007, en la que se resuelve el recurso de inconstitucionalidad planteado por el Parlamento de Navarra y otras instituciones del pa¨ªs (recurso 1070/ 2001) contra la hasta ahora vigente Ley de Extranjer¨ªa, publicada en las postrimer¨ªas del a?o 2000.
En primer lugar, es lamentable destacar que la sentencia se dicta a los casi ocho a?os de haberse promulgado la Ley Org¨¢nica de Extranjer¨ªa 8/2000, que lo fue en pleno mandato del Partido Popular, que, a la saz¨®n, ten¨ªa mayor¨ªa absoluta el Parlamento. En segundo lugar, constatar que al promulgarse la ley, en Espa?a los extranjeros en situaci¨®n regular no sobrepasaban el mill¨®n de personas, mientras que seg¨²n datos censales del mes de julio de 2007 los extranjeros con tarjeta de residencia son m¨¢s de cuatro millones de personas, de las que 2,2 millones est¨¢n afiliadas y cotizan en la Seguridad Social.
El Constitucional da un toque de atenci¨®n al Ejecutivo para evitar que se dicten leyes que limiten libertades
Por su parte, el n¨²mero de personas en situaci¨®n irregular al d¨ªa de hoy se desconoce, pero es evidente que no son invisibles y conviven entre nosotros. Es obvio no s¨®lo por el conocimiento que nos suministran los medios de comunicaci¨®n, sino de forma emp¨ªrica, con s¨®lo pasearse por nuestras calles, que el n¨²mero de extranjeros en situaci¨®n irregular se incrementa, a diario, en varios miles de nuevos residentes de hecho, llegados por tierra, mar y aire.
El Tribunal Constitucional, con buen pero tard¨ªo criterio, declara inconstitucionales determinados art¨ªculos de la Ley de Extranjer¨ªa 8/2000, que recordemos que fue precipitadamente tramitada y aprobada por el PP a los pocos meses de su reelecci¨®n y que modificaba la anterior Ley Org¨¢nica, del mismo a?o 2000. Tan ins¨®lita celeridad y an¨®mala aprobaci¨®n en un mismo a?o de dos leyes org¨¢nicas sobre la inmigraci¨®n, fue una clara muestra de venganza del partido en el poder contra los dem¨¢s grupos pol¨ªticos, teniendo en cuenta que la ley 4/2000 hab¨ªa sido consensuada por todos y rechazada por el partido en el gobierno, y cabe destacar que fue la ¨²nica ley que el PP perdi¨® en aquella legislatura, en la que ten¨ªa mayor¨ªa no absoluta.
La inconstitucionalidad afecta a las normas que limitan a los extranjeros (en situaci¨®n regular e irregular) en nuestro territorio, el ejercicio de los derechos de "reuni¨®n, manifestaci¨®n, sindicaci¨®n, educaci¨®n no obligatoria y asistencia jur¨ªdica gratuita", por ser contrario a la Constituci¨®n, puesto que est¨¢ garantizada en el art¨ªculo 10.1 en Espa?a "la dignidad de cualquier persona, que es el fundamento del orden pol¨ªtico y de la paz social".
Lo cierto es que la sentencia nos afecta indirectamente a todos, y no s¨®lo, como podr¨ªa presumirse, a los inmigrantes en situaci¨®n regular. No es descubrir ning¨²n secreto que, en nuestro entorno familiar profesional o social, cualquiera de nosotros tiene como empleados o asistentes a inmigrantes con y sin papeles, los cuales nos ayudan y, en definitiva, nos posibilitan poder seguir el ritmo normal de nuestra vida diaria. De otra manera, el cuidado de nuestros padres, ancianos, ni?os, enfermos, trabajos dom¨¦sticos, jardines o tareas agr¨ªcolas no nos lo permitir¨ªa de modo que se generar¨ªa el correspondiente problema general, social y de convivencia.
El Tribunal Constitucional vuelve a dar un severo varapalo y un toque de atenci¨®n al Legislador y al Ejecutivo para evitar que en un futuro, y de nuevo, se dicten leyes o resoluciones administrativas que afecten o limiten libertades y derechos reconocidos constitucionalmente a todos y que a todos nos afectan directa o indirectamente, pero que en ¨²ltimo caso alteran nuestra vida cotidiana.
abogado socio del despacho Roca Junyent.
Eduard Sagarra Trias es
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