Los extranjeros sin carn¨¦ se arriesgar¨¢n a ser expulsados
Conducir sin permiso ser¨¢ delito en mayo e impedir¨¢ renovar los papeles
En Espa?a hay unos 30.000 conductores que, seg¨²n los c¨¢lculos de la DGT, circulan sin carn¨¦ con suma tranquilidad, a sabiendas de que, como mucho, s¨®lo se llevar¨¢n una multa. A partir del 1 de mayo de 2008, los infractores ser¨¢n castigados con una pena de entre tres y seis meses de c¨¢rcel, o con una fuerte sanci¨®n econ¨®mica acompa?ada de trabajos en beneficio de la comunidad. Y los extranjeros con permiso de residencia temporal en Espa?a se expondr¨¢n, adem¨¢s de a ir a prisi¨®n, a tener que abandonar el pa¨ªs por cometer un delito.
La reforma del C¨®digo Penal que endurece las penas por delitos de tr¨¢fico fue aprobada hace dos semanas en el Congreso, y entr¨® en vigor el pasado domingo. Con una salvedad: los diputados han establecido una moratoria de cinco meses en el apartado de la pena por conducir sin carn¨¦, con el objetivo de animar a quienes todav¨ªa no lo poseen a pasarse por la autoescuela y normalizar su situaci¨®n.
Hasta ahora, los inmigrantes a los que la Guardia Civil pescaba conduciendo sin carn¨¦ saldaban sus cuentas con el Estado igual que el resto de los ciudadanos. Esto es, pagando una multa de entre 300 y 600 euros. Dentro de medio a?o, cuando entre en vigor el apartado del C¨®digo Penal referente al permiso de conducir, esta infracci¨®n ser¨¢ considerada delito. Y eso conlleva un antecedente penal que no expira hasta tres a?os despu¨¦s del pago de la sanci¨®n.
Como la Ley de Extranjer¨ªa proh¨ªbe renovar la residencia temporal a los inmigrantes con antecedentes, si su permiso caduca antes de esos tres a?os tendr¨¢n dos opciones: o abandonar el pa¨ªs o quedarse en situaci¨®n irregular. Eso s¨ª, podr¨¢n seguir residiendo en Espa?a hasta que caduque la vigencia de los papeles, ya que no se les expulsar¨¢ de manera inmediata, como s¨ª sucede cuando la pena supera el a?o de c¨¢rcel, seg¨²n aclar¨® la Secretar¨ªa de Estado de Inmigraci¨®n.
En un primer momento, el Congreso s¨®lo estableci¨® como delito circular despu¨¦s de haber perdido todos los puntos del carn¨¦, aunque despu¨¦s rectific¨® al considerar que conducir sin haberse sacado nunca el permiso merec¨ªa la misma pena. Los legisladores entendieron que escarmentar a quien ha agotado su saldo de puntos mientras se hace la vista gorda con los que nunca se han tomado la molestia de examinarse supon¨ªa un agravio comparativo.
Sin convalidar
La modificaci¨®n del C¨®digo Penal, sin embargo, no tendr¨¢ ning¨²n efecto sobre los extranjeros que se sacaron el permiso en sus respectivos pa¨ªses pero no lo han convalidado con el espa?ol. El texto especifica que s¨®lo se considerar¨¢ delito circular sin haberse sacado nunca ning¨²n carn¨¦ o licencia, adem¨¢s de con el permiso retirado o habiendo perdido todos los puntos. Para el resto, como hasta ahora, s¨®lo habr¨¢ una multa.
Los permisos expedidos en pa¨ªses no comunitarios dejan de tener validez a los seis meses de que el titular resida en Espa?a. A partir de ese momento, el conductor est¨¢ obligado a sacarse el carn¨¦ espa?ol, a no ser que exista un convenio con su pa¨ªs de origen que permita canjearlo sin necesidad de examinarse. Es el caso de Andorra, Argelia, Argentina, Chile, Colombia, Corea del Sur, Croacia, Ecuador, Jap¨®n, Marruecos, Per¨², Rep¨²blica Dominicana, Suiza, Uruguay, Venezuela y, desde el pasado mes de noviembre, Brasil.
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