Cualquier andaluz podr¨¢ ser senador auton¨®mico
El fren¨¦tico ritmo legislativo impuesto por el Gobierno en la recta final de legislatura -en tres meses se han acumulado m¨¢s de una docena de proyectos- acab¨® ayer con la aprobaci¨®n de seis leyes. Cuatro de ellas -RTVA, Consejo de Concertaci¨®n Local, Agencia Tributaria y designaci¨®n de Senadores por la comunidad aut¨®noma- desarrollan mandatos del nuevo Estatuto de Autonom¨ªa. Adem¨¢s de las se?aladas, se aprobaron la de Puertos y de Farmacia en el ¨²ltimo pleno ordinario de la legislatura.
- Senadores por la comunidad. Andaluc¨ªa es la primera regi¨®n en regular la posibilidad de que los senadores por la comunidad aut¨®noma -ahora el Parlamento elige a ocho- pueda ser cualquier persona que ostente la condici¨®n de andaluz. Hasta ahora s¨®lo pod¨ªan serlo los diputados de la C¨¢mara andaluza. Fue la ¨²nica ley de las seis aprobadas ayer que cont¨® con el voto favorable del PP.
- Agencia Tributaria. Con el voto en contra de PP y PA, el Parlamento aprob¨® la creaci¨®n de la Agencia Tributaria andaluza. El objetivo es lograr una administraci¨®n "m¨¢s eficaz" en coordinaci¨®n con el Estado, con el que se establecer¨¢ un consorcio, para desarrollar una "lucha m¨¢s eficaz contra el fraude fiscal" y facilitar un servicio "m¨¢s c¨®modo para los ciudadanos".
- Puertos. La ley permitir¨¢ usos hoteleros de nueva implantaci¨®n dentro de los recintos portuarios bajo su "autorizaci¨®n excepcional". La norma actualiza la legislaci¨®n sobre la materia para adaptarla a los nuevos objetivos de planeamiento urban¨ªstico y de protecci¨®n ambiental del litoral. Prev¨¦ sanciones de hasta 1,2 millones de euros por vertidos no autorizados de embarcaciones a las aguas portuarias. El PP calific¨® la ley, apoyada por PSOE e IU, de "intervencionista". El PA la rechaz¨®.
- Concertaci¨®n Local. S¨®lo el PP se opuso a esta ley. A trav¨¦s de este ¨®rgano se canalizar¨¢n las relaciones entre la Junta y los ayuntamientos. Supervisar¨¢ el desarrollo de futuras leyes previstas por el Gobierno en materia de Administraci¨®n Local, entre ellas las de Municipios de Gran Poblaci¨®n y R¨¦gimen Local, as¨ª como la que regular¨¢ las transferencias y delegaciones de competencias a los ayuntamientos y la que establecer¨¢ la participaci¨®n de los entes locales en los tributos auton¨®micos.
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